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Caso Estrada

Actúan de manera facciosa, más que legal ‘nos tiran la bolita’: Ambrocio sobre sentencia del TEPJF a Rocha

El diputado local por Morena, Ambrocio Chávez Chávez que al no estar facultados para sancionar a Rocha ese resolutivo queda archivado en el Congreso del Estado

Ambrocio Chávez Chávez
Actúan de manera facciosa, más que legal 'nos tiran la bolita': Ambrocio sobre sentencia del TEPJF a Rocha | Foto: Cortesía

Culiacán, Sinaloa.– Por qué el Tribunal Federal Electoral no actúa, si tienen facultades para actuar, porque también está jugando a la política, señaló el diputado local por Morena, Ambrocio Chávez Chávez sobre la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que pedía sancionar al gobernador Rubén Rocha Moya por asistir a un evento en Hidalgo.

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Señaló que quiere golpear al proyecto de Morena también, o sea, apuntó, tiran la bolita al Congreso cuando ellos son obligados a actuar, es más como una situación de tipo político.

En ese sentido, criticó que todavía hay en los tribunales actitudes facciosas, políticas, más que legales, un órgano electoral que está muy cargado de colores hacia otros de la oposición, argumentando que los envían al poder Legislativo sabiendo bien el Tribunal que los Congresos no tienen facultades para ello.

“Lo que pasa es que ese es un asunto que en todo caso nadie está demandando eso, es decir, a nosotros nos turnan ese asunto, nosotros decimos: ‘como Congreso no hay ninguna facultad para incidir, castigar, mandatar sobre el particular”, dijo.

Chávez Chávez enfatizó que al no estar facultados para sancionar a Rocha Moya ese resolutivo queda archivado en el Congreso del Estado y se les comunica del resolutivo al tribunal a donde corresponda, es decir, no se va a llevar al pleno.

“¿Y cuál es la acusación que hay ahí? Que fue a un evento a Hidalgo, fue en un día no hábil, no usando recursos públicos y entonces como ciudadano nosotros no le podemos cortar el derecho a nadie a que se mueva en el estado, en el país, porque ahí andan tanto lo que llaman corcholata”, agregó.

El legislador defendió que, de acuerdo a los derechos políticos, cualquier servidor público puede manifestar o estar en una entidad u otra, sólo no descuidando a sus funciones.

Refirió que si el mandatario estatal hubiera violado una Ley ya lo hubieran echado a la carcel, sin embargo, apuntó que no hay elementos porque un ciudadano se puede mover en el país libremente con sus recursos y en el tiempo libre después de su trabajo, un funcionario público también lo puede hacer, entonces, reiteró, no hay materia en ese aspecto para el Congreso del Estado.

Mencionó que son las instancias electorales las que tienen que hacer el llamamiento para que cumplan las reglas de las leyes electorales.

Cabe recordar que este lunes la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación resolvió que ni el Congreso del Estado ni su Órgano Interno de Control cuentan con potestad para conocer de la participación del Ejecutivo estatal en evento político realizado en el estado de Hidalgo, ni tampoco para determinar sanción alguna.

La resolución se emitió en torno a sentencia de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dentro del Procedimiento Especial Sancionador del expediente SER-PSC-157/2022, originada por queja ante hecho político que tuvo lugar en el estado de Hidalgo en el presente año.

En el acuerdo aprobado por la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación se puntualiza que ante la lectura íntegra y del análisis del expediente referido y de sus anexos, se resuelve que, en relación a los hechos al jefe del Ejecutivo estatal, el poder Legislativo no puede actuar.

Se puntualiza que “no existe regulada una sanción correspondiente en la ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, ni en la Ley local de esa materia, así como en las diversas Ley General de Responsabilidades Administrativas y en la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Sinaloa”.

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Incluso se advierte que “tampoco el artículo 457 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales prevé una sanción específica”.

 

Fuente: Línea Directa

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Beatriz Piña

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