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Proceso Electoral

¡A reflexionar el voto! Al terminar las campañas la veda electoral tendrá vigencia hasta el 2 de junio

De acuerdo a la normativa queda estrictamente prohibido cualquier tipo de propaganda relativa a las campañas, partidos y candidaturas

INE
INE | Foto: Ilustrativa

Culiacán, Sinaloa.– Este miércoles 29 de mayo concluyen las campañas de los procesos electorales tanto federal y concurrentes 2023-2024, y a partir de este jueves inicia el periodo de reflexión o veda electoral. Con este plazo se pretende que la ciudadanía razone su voto, valore las propuestas de las candidaturas, y ejerza su derecho al sufragio de manera libre y secreta.

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El Instituto Nacional Electoral (INE) es el órgano vigilante de que este período sea respetado no solamente por los entes y partidos políticos, sino también por personajes públicos e incluso medios de comunicación, ya que desde el primer minuto de mañana jueves 30 y hasta el último minuto del domingo 2 de junio.

Esto queda advertido en el artículo 251 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, en donde se dispone sobre la temporalidad de las campañas electorales.

“El día de la jornada electoral y durante los tres días anteriores no se permitirá la celebración ni la difusión de reuniones o actos públicos de campaña, de propaganda o de proselitismo electorales”.

Veda Electoral del INE

Veda Electoral del INE. Foto: Cortesía

Dicho en otras palabras, quedará estrictamente prohibido publicar, difundir o dar a conocer, por cualquier medio de comunicación, los resultados de las encuestas o sondeos de opinión sobre preferencias electorales o cualquier tipo de propaganda gubernamental, y esto aplica para absolutamente toda la ciudadanía.

Como antecedente, en 2021 la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la resolución del Consejo General del INE, que impuso al Partido Verde Ecologista de México (PVEM), una sanción económica equivalente a 40 millones 933 mil 568 pesos por la difusión de mensajes en Instagram por parte de un total de 104 personas conocidas como “influencers” en el periodo de veda electoral.

En ese sentido, la Ley General en Materia de Delitos Electorales tiene contempladas sanciones que van desde multas hasta 6 años de cárcel para funcionarios o candidaturas que violenten al período de reflexión o veda electoral.

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Lo mismo aplica para quienes divulguen de manera pública y dolosa, noticias falsas en torno al desarrollo de la jornada o respecto a sus resultados.

 

Fuente: Línea Directa

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Aarón Ibarra

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