México.- Cesantía, edad avanzada o vejez, son términos mucho muy similares, pero en defintiva no son lo mismo ni aplican igual de beneficios al momento de una pensión ante el Instituto Mexicano del Seguro Social IMSS.
La principal diferencia entre pensión por cesantía en edad avanzada y pensión por vejez radica en la edad en que se cumplen los requisitos que establece la Ley del Seguro Social, y se ve reflejado en el importe de pensión que percibirá
• Si la persona es mayor de 60 años y menor de 65 años y se encuentra dado de baja del régimen obligatorio debe solicitar una pensión de Cesantía en Edad Avanzada.
• Si la persona tiene 65 años de edad o más y se dio de baja del régimen obligatorio después de cumplir 65 años debe solicitar una pensión de Vejez.
• El porcentaje utilizado para calcular el importe de pensión de Cesantía en Edad Avanzada, se asigna dependiendo de la edad de la persona al momento de pensionarse, como se indica en la siguiente tabla.
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Así que ahora que saliste de la duda, a organizar tu pensión y ubicar el esquema bajo el cual puedes solicitarla.

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