Culiacán, Sin.– Elementos de la Unidad Especializada en Aprehensiones de la Fiscalía General de Estado ejecutaron la tarde noche de este jueves 21 de septiembre una orden de aprehensión contra un sujeto presuntamente relacionado con el delito de trata de personas en la modalidad de elaboración, almacenamiento y distribución de pornografía Infantil agravado por situación de vulnerabilidad.
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La Agencia Especializada en Violencia Contra las Mujeres, Trata de Personas y Grupos en Situación de Vulnerabilidad de la Zona Centro, llevó a cabo las investigaciones judicializando carpeta el pasado 19 de septiembre de 2023.
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En audiencia de solicitud de orden de aprehensión, la jueza de control admitió los datos de prueba expuestos en la carpeta de investigación, librándose dicho mandamiento judicial, el cual fue ejecutado este jueves en horas de la noche en el interior del complejo residencial La Primavera, en Culiacán.
Por tratarse de delitos sexuales y contra la niñez, la audiencia inicial fijada para este viernes a las 12:00 horas, será de carácter privada.
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¿Qué dice el Código Penal Federal?
De acuerdo al Código Penal Federal, el que cometa el delito de pornografía de personas menores de 18 años, de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, quien procure, obligue, facilite o induzca, por cualquier medio, a una o varias de estas personas a realizar actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, reales o simulados, con el objeto de videograbarlos, fotografiarlos, filmarlos, exhibirlos o describirlos a través de anuncios impresos, transmisión de archivos de datos en red pública o privada de telecomunicaciones, sistemas de cómputo, electrónicos o sucedáneo, se le impondrá pena de 7 a 12 años de prisión y de 800 a 2 mil días de multa.
A quien fije, imprima, videograbe, fotografíe, filme o describa actos de exhibicionismo corporal o lascivos o sexuales, reales o simulados, en que participen una o varias personas menores de 18 años o una o varias personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o una o varias personas que no tienen capacidad para resistirlo, se le impondrá la pena de 7 a 12 años de prisión y de 800 a 2 mil días multa, así como el decomiso de los objetos, instrumentos y productos del delito.
La misma pena se impondrá a quien reproduzca, almacene, distribuya, venda, compre, arriende, exponga, publicite, transmita, importe o exporte el material a que se refieren los párrafos anteriores.