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SENTENCIA

Dan 9 años de cárcel e imponen multa de casi 50 mil pesos a Christian por robo de vehículo en Culiacán

Los hechos ocurrieron en septiembre de 2025 cuando el ahora sentenciado solicitó un servicio de transporte de plataforma digital y abordó la unidad acompañado de dos personas

Celdas de una cárcel
Los hechos ocurrieron en septiembre de 2025 | Foto: Cortesía

Culiacán, Sin. Al ser declarado responsable del delito de robo de vehículo calificado mediante el uso de arma que pueda intimidar a la víctima, por dos o más personas, la Fiscalía General del Estado de Sinaloa, a través de la Unidad del Ministerio Público Especializada en Robo de Vehículos Región Centro obtuvo sentencia condenatoria de 9 años de prisión en contra de Cristian “N”.

En un comunicado dado a conocer este sábado 11 de julio de 2026 se informó que durante la audiencia de procedimiento abreviado además de la pena privativa de la libertad a Cristian “N” se le impuso el pago de una multa por 33 mil 942 pesos, así como 13 mil 800 pesos por concepto de reparación del daño, dando un total de 47 mil 742 pesos.

El sentenciado había solicitado un servicio de transporte de plataforma digital

La FGE precisó que los hechos ocurrieron en septiembre de 2025 en la ciudad de Culiacán, cuando el ahora sentenciado solicitó un servicio de transporte mediante una plataforma digital y abordó la unidad acompañado de dos personas.

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Durante el recorrido, amenazó al conductor con un arma de fuego, obligándolo a detener la marcha para posteriormente despojarlo del vehículo.

Que establece la ley en Sinaloa cuando se roba un vehículo

La legislación de Sinaloa establece que las personas víctimas del robo de un vehículo quedan exentas del pago de servicios de grúa, arrastre, traslado y resguardo cuando la unidad es recuperada por las autoridades, siempre que acrediten su calidad de víctima del delito. La reforma también elimina el cobro de algunos derechos relacionados con la recuperación del automóvil.

Asimismo, el robo de vehículo se persigue de oficio, por lo que las autoridades pueden iniciar y continuar la investigación sin necesidad de que la víctima presente una querella.

El Código Penal de Sinaloa también contempla sanciones para este delito y prevé penas más severas cuando se comete en perjuicio de personas en condición de vulnerabilidad.

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Fuente: Línea Directa

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Beatriz Piña

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