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SEP responde a la UNAM y asegura no tener la facultad de retirar título a la ministra Yasmín Esquivel

La Secretaría de Educación Pública respondió al oficio que mandó el rector a la UNAM respecto a la situación de Yasmín Esquivel, pues este buscaba intervenir tras confirmarse que la ministra incurrió en plagio

Yasmín Esquivel
SEP responde a la UNAM y asegura no tener la facultad de retirar título a la ministra Yasmín Esquivel | Línea Directa

México.- La Secretaría de Educación Pública (SEP) notificó mediante una carta a la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) que  no puede retirar el título obtenido por la ministra Yasmín Esquivel como Licenciada en Derecho, pues a pesar de confirmarse que esta última incurrió en plagio, la instirución no cuenta con las facultades para hacerlo.

Mediante un oficio UR/100/OCSEP/0013/2023, compartido a través de Twitter y dirigido al rector de la UNAM, Enrique Grague, la secretaria de Educación, Leticia Ramírez, refirió que, si la conducta que le imputa a Yasmín Esquivel es susceptible de ser considerada como constitutiva de un acto ilícito, “lo correspondiente será ejercer la acción ante el órgano de procuración de justicia o autoridad jurisdiccional competente”.

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La SEP argumentó que la documentación proporcionada por el Comité de Integridad Académica y Científica de la Facultad de Estudios Superiores Aragón de la UNAM, estimó que el caso de la ministra Yasmín Esquivel debe ser valorado por las instancias universitarias competentes para que proceda conforme a la legislación universitaria.

Sin embargó, no hay constancia de que la autoridad universitaria competente haya realizado tal valoración y tomado una determinación al respecto, pues señalan:

(…) con respeto a la autonomía universitaria que el propio comité hace valer, las instancias universitarias competentes para emitir una resolución sobre el tema son aquellas señaladas en la Ley Orgánica de la UNAM y su Estatuto General las que deben llevar a cabo el procedimiento que corresponda conforme a la reglas generales del derecho procesal, en respeto irrestricto de los derechos humanos de todos los involucrados, de las garantías de audiencia y seguridad jurídica establecidas en los artículos 1, 14 y 16 constitucionales

En este sentido, se indicó que, en respeto a la autonomía de los centros universitarios, la Dirección General de Profesiones (DGP) no puede actuar debido a que la UNAM no invalidó el título de Esquivel Mossa, por lo que carece de dichas facultades. En la carta se lee:

(…) en tanto que el título expedido, en su momento, por el rector de la UNAM a la C. Yasmín Esquivel Mossa no sea declarado inválido por autoridad jurisdiccional competente, la Dirección General de Profesiones (DGP) carece de facultades para intervenir en forma alguna en el asunto términos que dispone la normativa aplicable.

Fuente: Línea Directa

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Alejandra Bedoya

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