México.- Este miércoles 7 de agosto un Tribunal Colegiado rechazó la queja interpuesta por la Secretaría de Gobernación (SEGOB) contra la suspensión de amparo concedida al narcotraficante Rafael Caro Quintero en relación con su extradición a los Estados Unidos.
Por unanimidad de votos, los integrantes del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal aprobaron el proyecto de sentencia del magistrado Ricardo Paredes Calderón, quien declaró improcedente el recurso interpuesto por el director general de Procedimientos Constitucionales de la Segob, Edgar Manuel Contreras Hernández.
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Hay que recordar que el pasado 27 de mayo un juez de amparo del Estado de México concedió al fundador del Cártel de Guadalajara la suspensión de plano contra su traslado a Estados Unidos para ser presentado ante una Corte en dicho país.
Sin embargo, la lista de notificaciones del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) considera que la suspensión concedida a Caro Quintero prohíbe a las autoridades realizar la extradición:
Para el efecto de que la parte quejosa quede a disposición de este Juzgado Federal por cuanto hace a su libertad personal, en el lugar en que se encuentra recluido y para que se abstengan de ejecutar contra el quejoso la petición de extradición, que dice, existe en su contra; debiendo las autoridades responsables informar, en un término no mayor a veinticuatro horas, el cumplimiento que den a esta determinación.
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Por último, es importante precisar que la Corte del Distrito Central de California acusa a Caro Quintero por delitos como secuestro y asesinato de un agente federal; conspiración para secuestrar a un agente federal; crimen organizado; conspiración para cometer delitos violentos en ayuda del crimen organizado; posesión con intención de distribuir marihuana y cocaína, así como pertenecer a una empresa criminal de manera continua.