México.- El pasado mes de agosto el INE emitió una serie de medidas cautelares en contra del empresario Ricardo Salinas Pliego por sus comentarios en contra de la senadora Citlalli Hernández. Sin embargo, este jueves la Sala Superior del Tribunal Electoral revocó dichas medidas al determinar que no tiene competencia porque no hay afectaciones a derechos político electorales.
La nueva sentencia del Tribunal deja sin efectos el retiro de publicaciones y comentarios en la red social X (antes Twitter), así como abstenerse de realizar manifestaciones bajo cualquier modalidad que pudieran constituir violencia política de género en contra de la senadora Citlalli Hernández.
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El TEPJF argumentó que no hay violencia política de género en las publicaciones hechas por Ricardo Salinas Pliego contra la senadora Citlalli Hernández. En este contexto, la Sala Superior del Tribunal, por mayoría de votos, resolvió que no puede ejercer medidas cautelares contra Ricardo Salinas Pliego porque no le compete al organismo.
Según esto, las publicaciones hechas en la red social X no contienen afectaciones político-electorales, sino que en su defecto, sería violencia simbólica o psicológica. Así pues, las publicaciones contra Citlalli Hernández por parte de Ricardo Salinas Pliego, no están relacionadas con su cargo como senadora o militante de Morena.
Es importante recordar que la denuncia de Citlalli Hernández en contra de Ricardo Salinas Pliego se dio originalmente por la realización de “un discurso de odio gordofóbico y misógino en su contra por el hecho de ser mujer y ostentar un cargo de elección popular.” Y es que el fundador del Grupo Salinas mantiene una actividad constante en redes sociales, donde en reiteradas ocasiones ha realizado comentarios despectivos sobre la senadora.
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El proyecto original del magistrado Felipe de la Mata proponía confirmar las medidas impuestas por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, pero fue rechazado.
El nuevo proyecto, elaborado por la magistrada Mónica Aralí Soto fue avalado por mayoría, con los votos en contra de los magistrados Felipe de la Mata, Janine Otálora y del magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón. La minoría formuló voto particular conjunto al considerar que la Sala Superior sí tiene competencia constitucional y legal para conocer el asunto.