México.– Durante el mes de abril se llevó a cabo la declaración anual y ahora en mayo se hará el pago de Reparto de Utilidades 2022 para las personas físicas que tienen una relación laboral bajo un contrato ya sea con alguna empresa o patrón.
De acuerdo con la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Profedet), el Reparto de Utilidades es un derecho constitucional, pero, ¿qué pasa cuando te despiden o renunciaste antes del reparto?
Es importante mencionar que si te despidieron o renunciaste, no importa las razones por las cuales haya sido ya que no representa un motivo para que la empresa o tu patrón te lo nieguen, tienes derecho al pago de utilidades y la empresa debe notificarte al respecto, así que si laboraste menos de un año fiscal, te corresponde el equivalente por el tiempo trabajado.
Cabe señalar que para poder tener derecho al reparto, debes de haber laborero por un periodo mayor a 60 días, ya que de lo contrario no podrás recibir dicho beneficio.
Según la Ley Federal de Trabajo, la empresa dónde laboraste debe notificarte sobre la entrega de utilidades, o bien por otro lado, tu también puedes ponerte en contacto con tu antiguo patrón para preguntar al respecto.
De acuerdo con el SAT el reparto de utilidades se dividirá en dos partes: la primera consiste en un reparto por igual entre todos los trabajadores de la empresa “tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año” y la segunda consiste en una proporción al monto de los salarios recibidos durante el año por cada trabajador.
Es importante tener en cuenta que el reparto debe efectuarse 60 días después de la fecha correspondiente a la declaración de impuestos, en el caso de las empresas el último día fue el 31 de marzo y para las personas físicas fue el 30 de abril.