MÉXICO.- A muchos usuarios de bancos les pasa que detectan un cargo que posiblemente no lo reconoces y a la hora de reportarlo para recibir el reembolso pueden padecer un engorroso trámite, sin embargo, estos están obligados a que se te pague.
El doctor en Derecho, Enrique Pons Franco, escribió artículo para Latinus explicando cómo la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó que los bancos en México respondan adecuadamente a los cargos no reconocidos o no autorizados por el ciudadano, lo que puede llegar a un reembolso de la suma más los intereses.
¿Deben reembolsarte el cargo que no ha sido reconocido?
La respuesta en contundente, por lo tanto es sí.
La razón es que la Suprema Corte de Justicia de la Nacional (SCJN), resolvió en última instancia un juicio de amparo en el mes de agosto pasado que en caso que si hay un cargo no autorizado, incluso si se trató de un retiro de efectivo en un cajero, el banco está obligado a reponer el dinero más los intereses que esto conlleva.
¿Cuánto te tienen que pagar?
En el caso específico que resolvió la Corte, a partir de un juicio de amparo en el estado de Querétaro, la empresa bancaria tuvo que hace lo siguiente:
- Cancelar el cargo con su comisión e interés generado.
- Devolver el dinero al afectado.
- Pagar intereses moratorios, que fue del 6% anual con base en el Código de Comercio.
Así que si te llega a pasar y el caso llega a ir ante un juez, lo más seguro es que ordenen a la institución financiera devolverte el dinero con los intereses moratorios que esto corresponde.
¿Cuándo no deben devolverte tu dinero?
Los bancos pueden no reembolsar un cargo no reconocido si tienen cómo demostrar que no se trató de un caso de esta índole, esto para evitar posibles fraudes o engaños.
En el caso particular que señala el doctor Pons, el afectado narró que retiró dinero en efectivo de un cajero automático y es donde se dio cuenta que el saldo de su cuenta había disminuido, por lo que imprimió su ticket con operaciones para reportarlo al banco y luego llevarlo a una demanda mercantil porque la institución no quiso hacer el reembolso.
El banco en cuestión “presentó toda clase de argumentos y pruebas para eximirse de su responsabilidad” en el juicio.
Uno de los puntos esgrimidos fue que el usuario sí consistió la operación no reconocida porque fue usado su NIP y por ello no debían hacer el reembolso.
Lo cierto es que en el juicio el banco no pudo demostrar que la operación sí la hizo el usuario de manera fiable y segura. Es precisamente por ello que cada vez hay más cámaras, ya no sólo en el cuarto de cajeros ATM sino también directamente en la máquina viendo al usuario.
¿Y si tengo un cargo no reconocido?
La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) lanza las siguientes recomendaciones:
- Conserva la calma. Llama a tu institución financiera; reporta los cargos que no reconozcas y cancela tu tarjeta, así evitarás que los delincuentes realicen otras operaciones.
- Presenta tu queja en la Unidad Especializada (UNE) de tu Banco, donde te darán una solicitud de aclaración, puede ser incluso a través de su portal de internet.
- El Banco está obligado a entregarte un acuse de recibo de la solicitud, con un folio, fecha y hora de recepción. (Consérvalo)
- Generalmente, después de 48 horas posteriores a tu reclamación, la institución financiera deberá abonarte los recursos correspondientes al cargo no reconocido. Sin embargo, el Banco seguirá con su investigación, la cual puede tardar hasta 45 días.
- ¡Ojo! También existe la posibilidad de revertir el abono si se demuestra que tú o alguno de tus tarjetahabientes adicionales autorizó la compra u operación.
- Si pasados los 45 días la institución no te entrega un dictamen, quiere decir que tu reclamación procedió.