México.- Este miércoles la Primera Sala de la Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó por unanimidad un amparo del Grupo de Información en Reproducción Asistida (GIRE) para anular los artículos del Código Penal Federal el cual despenaliza el aborto a nivel federal.
Después de analizar dicho amparo, los miembros del máximo tribunal resolvió de forma unánime que la regulación vigente perteneciente a los artículos 330 a 334 del Código Penal federal es considerada como inconstitucional debido a que violenta los derechos reproductivos de las mujeres y personas con capacidad gestante que decide voluntariamente interrumpir su embarazo.
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Por lo tanto el máximo tribunal también ordena a las instituciones de salud pública federales, como son el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y Pemex a ofrecer el servicio de forma gratuita a la persona que lo solicite.
Además, asegura que cualquier personal médico de las instituciones federales de salud no podrá ser criminalizado por brindar este servicio.
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El amparo de GIRE que llegó el martes a la Suprema Corte, mediante un proyecto presentado por la ministra Margarita Ríos Farjat, es parte de la estrategia que emprendió la asociación a finales del año pasado para la despenalización del aborto en varios estados donde se estima difícil que los congresos despenalicen por la vía legislativa, así como a nivel federal.
Con esta nueva determinación de la Corte, el Congreso de la Unión debe eliminar el delito del Código Penal Federal, mientras que todas las personas juzgadoras locales y federales tendrán que acatar este antecedente.
Cabe recordar que hace dos años la Corte resolvió que es inconstitucional castigar el aborto lo que significó que ninguna mujer o persona gestante que interrumpiera su embarazo enfrentaría cargos penales por ello. No obstante, la decisión de la Corte resuelve a que los servicios de aborto serán gratuitos en las instituciones federales.