México.- Beneficiarios, ni vayan al banco a pretender realizar el retiro de la pensión del IMSS correspondiente al mes de abril porque el pago siempre no aplicó este 31 de marzo que estaba considerado por caer el día 1 del mes en día no hábil bancario.
A través de un comunicado de prensa, el Instituto Mexicano del Seguro Social informó a la población pensionada que el pago de la mensualidad de abril, se realizará el 3 de abril del presente año.
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Asimismo, reitera que el pago del recurso se encuentra garantizado, y no es necesario que acudan a comprobar supervivencia a las ventanillas de prestaciones económicas; solo en el caso de extrabajadores IMSS (pensionado o jubilado por años de servicio/edad) se requiere revisar las nuevas reglas para comprobar supervivencia.
Y ante cualquier duda, pone a disposición el teléfono 8006232323, opción número 3 “Pensionados”, donde un representante del Seguro Social les atenderá y aclarará cualquier inquietud.
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Recuerda que todas las personas pensionadas ante el IMSS, reciben el recurso de manera mensual el primer día hábil de cada mes; de acuerdo a lo que marca en su página web el Instituto, en caso de que el primer día del mes sea inhábil su pago se realiza el último día hábil del mes anterior, lo que en esta ocasión no sucedió.
El pago se recibe en la cuenta bancaria a nombre del pensionado que se proporcionó al realizar el trámite de pensión; pero en el caso de los beneficiario que reciben su pago a través de una AFORE o aseguradora se sujetarán a las condiciones de pago que estas instituciones dicten.
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Sabías que las pensiones se dividen en 3 grupos, identifica si perteneces a alguno. Los grupos son:
-Las pensiones para el asegurado relacionadas con la edad, comprenden cesantía en edad avanzada, vejez y retiro anticipado.
-Las pensiones para el trabajador al ocurrirle un accidente de trabajo o padecer una enfermedad comprenden Incapacidad Permanente Parcial o Total e Invalidez.
-Las pensiones para los beneficiarios de un trabajador o pensionado, al momento de su muerte comprenden viudez, orfandad y ascendientes.
Si el trabajador o beneficiario está dentro de uno de los grupos, debe revisar los requisitos que debe cumplir para presentar su solicitud de pensión.