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Sancionarán a funcionarios que acosen a mujeres en Guerrero

Entra en vigor reglamento del gobierno del estado que garantiza la integridad de las mujeres

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Acapulco, Gro.-  El gobierno del estado expidió el Reglamento
para la Prevención y Sanción del Hostigamiento, Acoso y Aprovechamiento
Sexual para las y los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo Estatal lo
que garantizará la integridad física de la mujer en su ámbito de
trabajo.

La titular de la Secretaría de la Mujer (Semujer), Rosario Herrera
Ascencio, informó que este reglamento entró en vigor luego de su
publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado con fecha 11
de diciembre de 2012 y considera sanciones de tipo administrativo que
podrían llegar, según la gravedad del caso, a destituir e inhabilitar a
la persona que haya incurrido en algún tipo de hostigamiento o acoso
hacia una mujer.

Precisó que la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y
Erradicar la Violencia contra la Mujer, conocida como Convención Belém
do Pará, establece que toda mujer tiene derecho a una vida libre de
violencia, tanto en el ámbito público, como en el privado; que se le
respete la dignidad inherente a su persona y también, el derecho de la
mujer a ser libre de toda forma de discriminación.

La funcionaria estatal, dijo que el hostigamiento sexual es una conducta
que sucede, en la mayoría de los casos en el ámbito laboral, por lo que
debe aplicarse la normatividad laboral y administrativa para establecer
nuevas rutas de prevención, atención y sanción en dicho entorno.

Este nuevo reglamento establece las disposiciones jurídicas para definir
los esquemas de prevención, atención y sanción del hostigamiento, acoso
y aprovechamiento sexual, para las y los servidores públicos del Poder
Ejecutivo Estatal.

Dijo que desde 1999, el hostigamiento sexual es un delito que se incluyó
en el Código Penal del Estado y en el año 2008, se integró también en
la Ley número 553 de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
del Estado Libre y Soberano de Guerrero.

Por primera vez se hace una diferencia entre hostigamiento y acoso
sexual, en los que existe un ejercicio abusivo del poder, expresado en
conductas dañinas con relación a la sexualidad de una persona, que la
pone en estado de indefensión y de riesgo.

Explicó que el Artículo 2 del reglamento especifica que las dependencias
del Poder Ejecutivo Estatal, evitarán tolerar conductas de
discriminación, hostigamiento, acoso y aprovechamiento sexual que se
presenten en los centros de trabajo, educativos, médicos, policiales
entre otros y deben de ser denunciados denunciadas por la vía penal o
civil.

La funcionaria estatal indicó que el incumplimiento a las disposiciones
contenidas en el Reglamento, y la comisión de conductas de
hostigamiento, acoso o aprovechamiento sexual, serán debidamente
investigadas y se sancionarán con un apercibimiento público o privado y
suspensión temporal del empleo, cargo o comisión, sin goce de sueldo.

Este reglamento también prohíbe tomar represalias contra la persona que
se queja o denuncia las conductas de hostigamiento, acoso o
aprovechamiento sexual a través de amenazas, intimidación o acciones
adversas relacionadas con el empleo, y que a quien asuma estas
actitudes, se le considerará responsable de un nuevo acto de
hostigamiento y será sancionado de forma severa.
CHG

Fuente: Internet

Fotografía de perfil de Liz Douret

Liz Douret

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