Al momento

DÍA FERIADO

Resiste trabajador que mueve la economía de México ¡El “puente” patrio ya viene!

Algunos podrán disfrutar de dos días de descanso y si se da el caso de que lo laboran, deberán ver en su cuenta un pago triple ¿Cuántos días feriados más le quedan al año?

Fuegos artificiales de giestas patrias junto a un calendario
Cortesía | El 16 de septiembre es día feriado y si lo laboras deberán pagarte triple

México.- Sí, el puente de la Independencia de México ya se acerca y promete a los trabajadores un día en el que deberán descansar por todas las de la ley, y si no, tener un pago triple en su próxima quincena.

Sigue la sección ecomómica en la sección especial de Línea Directa

Así lo marca la Ley Federal del Trabajo para el próximo sábado 16 de septiembre, cuando la Bandera de México se levante por todo lo alto para festejar el día en el que nuestro país logró su independencia.

Conoce tus derechos y obligaciones como trabajador. Consulta AQUÍ la Ley Federal del Trabajo

El día feriado del 16 de septiembre es el quinto que se establece durante el año como de descanso obligatorio, y es importante que lo aproveches porque sólo le quedarán pendientes dos al 2023: el del de tercer lunes del onceavo mes por la conmemoración del 20 de noviembre, Día de la Revolución Mexicana y el del 25 de diciembre, por la Navidad.

¿Qué ocurre si a los trabajadores se les solicita que laboren en este día?

De Acuerdo a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, en primera instancia los trabajadores y los patrones deberán determinar el número de trabajadores que deban prestar sus servicios.

Sugerido: ¿Cuánto te deben pagar si trabajas los días 15 y 16 de septiembre? Ojo en esto

Los empleados quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, se les deberá de cubrir el salario diario normal más el doble.

Adicional a lo anterior, si de acuerdo al calendario el día de descanso obligatorio llegara a coincidir con el día de descanso semanal, es decir, el día domingo, el patrón deberá de cubrirle al trabajador el pago de la prima dominical que marca el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo. Además, los trabajadores recibirán el triple del salario por ese día, más la prima dominical.

Fuente: Internet

Fotografía de perfil de Alma Rosa Aguirre Lugo

Alma Rosa Aguirre Lugo

Editor de ContenidosFotógrafoReportero

Alma Rosa Aguirre Lugo

Ver más

Al momento

Suscríbete a nuestro boletín

Para tener la información al momento, suscríbete a nuestro boletín en el tendrás las últimas noticias de Sinaloa, México y el mundo.