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Reduce SRE plazos de trámites en oficinas consulares en el exterior

La cancillería establece los plazos máximos de resolución de trámite y de prevención del trámite y da a conocer una tabla con 26 trámites y los plazos en días naturales.

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Ciudad de México.- La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) redujo los plazos
de 27 trámites expedidos en las sedes de las oficinas consulares de
México en el exterior y en la Secretaría de Relaciones Exteriores, entre
ellos el pasaporte ordinario y la visa.
El Programa Sectorial de Relaciones Exteriores 2013-2018 (PSRE)
establece la obligación de mejorar la calidad de los servicios que se
ofrecen en las Oficinas Consulares de México en el exterior en tiempos
de respuesta y facilitar el acceso directo al seguimiento de los
trámites.
El artículo 69-C de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo
establece la facultad de los titulares de las dependencias de la
Administración Pública Federal de emitir regulación para establecer
plazos de respuesta menores dentro de los máximos previstos en leyes o
reglamentos.
Además, señala, no exigir la presentación de datos y documentos
previstos en las disposiciones mencionadas, cuando puedan obtener por
otra vía la información correspondiente.
En un acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, la
cancillería establece los plazos máximos de resolución de trámite y de
prevención del trámite y da a conocer una tabla con 26 trámites y los
plazos en días naturales.
Entre los trámites que reducirán sus plazos de resolución destacan la
legalización de firmas y/o sellos de documentos públicos, expedición de
certificados de importación de psicotrópicos y estupefacientes;
certificado de matrícula consular; visado a certificación de origen,
pasaportes ordinarios, entre otros.
En algunos casos el tiempo de resolución o de prevención es de 30, 10 y tres días.
Mientras que para certificar las firmas de los documentos que expidan
los miembros del Servicio Exterior Mexicano en el ejercicio de sus
funciones, en la SRE el plazo máximo de resolución es de cinco días y
para la prevención del trámite será de dos días.
El presente acuerdo entrará en vigor este sábado, a excepción de los
trámites de Poderes generales o especiales, cuya entrada en vigor será a
partir del 1 de julio de 2016.
La dependencia notificará a la Comisión Federal de Mejora
Regulatoria, dentro de los diez días hábiles siguientes a la entrada en
vigor del documento, las modificaciones que correspondan a la
información inscrita en el Registro Federal de Trámites y Servicios
contenido en el Catálogo Nacional de Trámites y Servicios del Estado.JE

Fuente: Internet

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Liz Douret

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