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Ratifica Tribunal Electoral asignación de diputados mexiquenses

La Sala Superior del TEPJF ratificó la asignación de diputados locales por el principio de representación proporcional en el Estado de México para el periodo 2015-2018 y ordenó la entrega de las constancias de mayoría respectivas.

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Ciudad de México.- Con voto mayoritario, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación (TEPJF) ratificó la asignación de diputados locales por el
principio de representación proporcional en el Estado de México para el
periodo 2015-2018 y ordenó la entrega de las constancias de mayoría
respectivas.
Con el voto en contra de la magistrada, María del Carmen Alanis
Figueroa, el Pleno confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del
Estado de México (TEEM), relativa a la asignación de las diputaciones
locales por el referido principio.
La magistrada María del Carmen Alanís Figueroa, justificó su voto en
contra, luego de que a su consideración se hizo a un lado el ?criterio
de alternancia de género?.
?Y en este caso, nuevamente como en los asuntos anteriores, pues se
hace a un lado el criterio de alternancia de género. Se dice que es
suficiente con cumplir con la alternancia y la paridad en la lista
registrada de ocho fórmulas, en el caso del Estado de México y que este
criterio ya no aplica en la lista conformada con los candidatos y
candidatas, primeros perdedores.?
En otro tema, durante la sesión que culminó la madrugada de este
viernes, los integrantes del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación,  confirmaron los resultados del acta de cómputo de la
elección de diputados por el principio de mayoría relativa, en
Nezahualcóyotl, Estado de México, así como la declaración de validez y
la expedición de constancias de mayoría correspondientes. Se consideró
que los agravios presentados fueron insuficientes para acreditar las
presuntas irregularidades que podrían afectar el resultado de la
elección.
Los Magistrados determinaron además la inexistencia de la violación a
la ley por parte del Partido Revolucionario Institucional y del Partido
Verde Ecologista de México, por la presunta colocación y difusión de
propaganda gubernamental en espectaculares ubicados en distintos
municipios del Estado de México, durante el periodo de campañas en el
actual proceso electoral 2014-2015.
Se determinó que el contenido de los espectaculares no vulnera el
artículo 41 de la Constitución, ya que se relaciona con programas de
donación de sangre y del cuidado ambiental, por lo que se encuentra
dentro de los supuestos de excepción contenidos en la ley.JE

Fuente: Internet

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Liz Douret

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