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Rasuran Ley de Delitos Electorales; abren la puerta a que sacerdotes orienten el voto

En el artículo 7, se contempló que serán sancionados aquellos que ?sin causa legalmente justificada?, impidan la instalación o cierre de casillas.ang

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Ciudad de México.- En el artículo 7, se contempló que serán
sancionados aquellos que ?sin causa legalmente justificada?, impidan la
instalación o cierre de casillas.ang
La Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados, aprobó
cambios de última hora a la Ley General en Materia de Delitos
Electorales, con el fin de hacer algunas precisiones y ajustes que
perfeccionen la norma. 
Sin embargo, la propuesta presentada por el diputado del Partido
Acción Nacional (PAN), Carlos Angulo, generó críticas por parte de
legisladores de izquierda, quienes hicieron notar al menos dos
modificaciones que podrían implicar un retroceso en la normatividad y en
la sanción a ilícitos que se cometen en el marco de las elecciones.
El diputado del Partido de la Revolución Democrática (PRD), José
Ángel Ávila, puntualizó que al artículo 16 de la norma, referente a las
sanciones para ministros de culto que presionen u orienten el sentido
del voto o induzcan expresamente al electorado a votar o abstenerse de
votar por un candidato, partido político o coalición, se eliminan las
palabras ?u orienten?.
Con ello, consideró, se quita el sentido central de la disposición,
de modo que se borra la conducta que puede significar la comisión de un
ilícito y el elemento objetivo de la falta a sancionar, que era
?orientar? el voto a favor de determinados partidos o candidatos.
El también perredista Julio César Moreno, pidió no olvidar que en el
ámbito religioso, hay curas, sacerdotes, arzobispos y líderes católicos,
que realmente se entrometen en la vida política, y utilizan la sotana
para ?orientar? el voto de la ciudadanía.
El caso es el mismo en el artículo 11 del ordenamiento, referente a
que los funcionarios públicos que coaccionen, induzcan o amenacen a
subordinados a participar en actos de campaña, para que voten o se
abstengan de votar a favor de candidato o partidos determinados, serían
penalizados, planteó el diputado Ávila Pérez 
Pero al eliminar la palabra ?induzcan?, nuevamente se debilita el
elemento central de la norma y la conducta que debía ser sancionada,
remarcó.
Establecer en la ley que solo se castigará a los funcionarios que
coaccionen o amenacen a los subordinados, pero no a quien los induzca,
es innecesario y en cierta medida  excesivo, refrendó.
El dictamen aprobado por mayoría y el cual se turnará a la Mesa
Directiva de San Lázaro, para programarlo a discusión en el periodo
extraordinario del jueves 19 y viernes 20 de junio, agrega elementos y
frases cuyo fin es, indica la propuesta del diputado Angulo Parra, dar
claridad al ordenamiento, evitar confusiones al momento de interpretar
la ley y cubrir vacíos legales que pudieran afectar los derechos de los
ciudadanos. 
En el artículo 7, se contempló que serán sancionados aquellos que
?sin causa legalmente justificada?, impidan la instalación o cierre de
casillas.
También se precisó que el funcionario de partido o candidatos, que
?dentro del ámbito de sus facultades?, no compruebe gastos de campaña y
de ?remanentes? de partidos que hayan perdido el registro, serán
multados, indica el texto aprobado.
BS

Fuente: Internet

Fotografía de perfil de Liz Douret

Liz Douret

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