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¿Qué personas no recibirán su devolución de impuestos del SAT?

Hay varios contribuyentes que no pueden ser considerados para que les sea devuelto, ¿quiénes son?

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México.– Después de que los contribuyentes realizan su declaración anual en tiempo y forma ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), pueden solicitar como cada año la devolución de su saldo a favor, pero es importante saber que hay algunas personas que no lo recibirán en automático.

Cabe señalar que todo aquel contribuyente que presente en tiempo y forma su declaración anual del ejercicio fiscal 2021 y tenga saldo a favor podrá obtener la devolución de impuestos de forma automática en su cuenta bancaria la cual esta registrada ante el SAT.

Sin embargo, hay varias personas que no podrán ser consideradas para que se les sea devuelto dentro del Sistema Automático de Devoluciones de Impuestos.

¿En qué casos las personas no podrán recibir su devolución de impuestos de manera automática?

  • Si el saldo a favor supera el monto de 150 mil pesos; en este caso la solicitud se realizará por medio del Formato Electrónico de Devoluciones (FED).
  • Si se solicita la devolución por ejercicios fiscales diferentes al del 2021.
  • Cuando se presenta la declaración mediante Contraseña, por lo que será necesaria la firma electrónica (e.firma).
  • Cuando la solicitud de devolución se presentó vía FED, antes de la obtención del resultado de la declaración del ejercicio fiscal 2021.
  • Al presentar la declaración anual o complementaria del ejercicio fiscal 2021 después del 31 de julio de 2022.
  • Si no se eligió la opción de devolución en la Declaración Anual; o sea, si por error se seleccionó la opción “Devolución” en lugar de “Compensación” en la declaración presentada, o en su defecto, se seleccionó “Compensación” pero no se cuenta con impuestos a cargo para compensar. Ambos errores pueden modificarse señalando este cambio al presentar la declaración complementaria del ejercicio antes del 31 de julio.
  • Cuando el contribuyente se encuentra suspendido en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) o aparece como no localizable en su domicilio fiscal registrado durante el ejercicio al que corresponde el saldo a favor.

Fuente: Internet

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Alondra Mora

Editor de Contenidos

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