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¿Qué detalles traerá la CURP con fotografía? chécalo aquí

Con estos cambios se pretende llegar al reconocimiento de la libertad reproductiva de todos los mexicanos y eliminar barreras “socioculturales e institucionales

¡Las CURP podrían llevar foto! Avanza reforma en Comisiones del Senado
Línea Directa | El documento “tendrá valor como medio de identificación personal ante todas las autoridades mexicanas, ya sea en el país o en el extranjero, y las personas físicas y morales con domicilio en el país”, según se explica

MÉXICO.- El pasado 25 de septiembre fue aprobada la reforma al artículo 68 de la Ley General de Población para que la CURP tenga fotografía y huellas dactilares, con el fin de que esta sea una identificación más al igual que el INE.

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La nueva CURP tendría lo siguiente: 

  • Foto
  • Nombre y apellidos
  • La Clave Única de Registro de Población
  • Fotografía del titular
  • Fecha y lugar de nacimiento
  • Firma
  • Huellas dactilares

La propuesta es que la CURP deberá renovarse a más tardar 90 días antes de que concluya su vigencia y no podrá exceder de 15 años.

Los detalles que tendría este nuevo cambio de la CURP son los siguientes:

1.- Deja sin vigor a la Ley General de Población del 7 de enero de 1974 y expide la Ley General de Población.

2.- Propone a la CURP como una nueva identificación oficial con fotografía, el manejo de trámites y gestión será por parte de la Secretaría de Gobernación (Segob).

3.- Sería expedida por el Consejo Nacional de Población de la Segob.

4- El documento incluye uso y manejo de datos biométricos y huellas dactilares.

5.- Los mexicanos estarían obligados a inscribirse en el registro.

6.- Crearían el Registro Nacional de Ciudadanos, Registro de Niñas, Niños y Adolescentes menores de 18 años, así como un Padrón de los Extranjeros Residentes en el País.

Las reformas a la Ley quedarían de la siguiente forma:

Artículo 68, se establece: el Registro Nacional de Ciudadanos y la expedición de la CURP con foto son servicios de interés público que presta el Estado, a través de la Secretaría de Gobernación).

Artículo 69 señala: las y los ciudadanos mexicanos tienen la obligación de inscribirse en el Registro Nacional de Ciudadanos y obtener una CURP con foto.

Fuente: Línea Directa.

Fotografía de perfil de Ignacio Aguirre

Ignacio Aguirre

Editor de ContenidosReportero

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