Redacción.- Por omisiones del Ministerio Público para informar puntualmente sobre
los nombres reales de los testigos protegidos que acusan a Joaquín El
Chapo Guzmán, un Tribunal Unitario revocó dos autos de formal prisión y
ordenó reponer el proceso en dos causas distintas, ambas por el delito
de delincuencia organizada.
En otros procesos, como los llevados contra lo generales Tomás
Ángeles Dauahare o Roberto Dawe González, y otros cuatro más, anomalías
en las declaraciones de testigos protegidos llevaron a la liberación de
los acusados.
A través de la apelación que promovió la defensa del inculpado se revocó
el auto de formal prisión en dos acusaciones que le hace la PGR, aunque
dichos procesos ya fueron subsanados, y se ratificó la vinculación a
proceso contra Joaquín Guzmán Loera, como informaron el Consejo de la
Judicatura Federal y la PGR.
Se trata de los expedientes 76/2014 y 73/2014, donde quedaron en
evidencia las omisiones del Ministerio Público, mismas que fueron
aprovechadas por la defensa del narcotraficante, para intentar evadir
los cargos que le imputan.
El primer caso se refiere a la apelación contra el auto de formal
prisión decretada el tres de marzo pasado por el Juez Tercero de
Distrito de Procesos Penales Federales por la presunta responsabilidad
de Guzmán Loera en delincuencia organizada.
Por violaciones al artículo 20 Constitucional que señala que toda
persona tiene derecho a una defensa adecuada, el Segundo Tribunal
Unitario del Segundo Circuito ordenó reponer el proceso a favor de
Guzmán Loera, para que en el auto de formal prisión se tomaran en cuenta
las pruebas aportadas por la defensa del inculpado con base al
conocimiento de las personas que lo acusan.
?PRIMERO.- Se revoca el auto de formal prisión del tres de marzo de dos
mil catorce, dictado por el Juez Tercero de Distrito en Materia de
Procesos Penales Federales en el Estado de México, con residencia en
esta ciudad, en la causa penal 135/2001 instruida contra el
indiciado********** alias ?**********? por el delito de delincuencia
organizada y otros.
?SEGUNDO. Se ordena la reposición del procedimiento a partir de la
declaración preparatoria de ********** alias ?**********?, para que el
Juez de la causa desahogue dicha actuación de nueva cuenta, en los
términos señalados en la parte final del último apartado considerativo
de esta resolución?, fueron los dos resolutivos de la sentencia del
Tribunal dictaminada el 30 de abril pasado.
La apelación se desprende de la omisión del agente ministerial de dar a
conocer a través del pliego de consignación los nombres reales y demás
datos de los denominados testigos protegidos que acusan a Guzmán Loera
en los delitos de delincuencia organizada.
?Testigos protegidos en delitos de delincuencia organizada. La reserva
de su identidad concluye con la consignación y debe revelarse a los
inculpados en la audiencia en que rindan su declaración preparatoria?,
dice la jurisprudencia publicada en el Semanario Judicial, que tomó como
base la defensa del inculpado y el Tribunal Unitario.
Inclusive bajo esta misma causa 76/2014, ya había decretado la libertad
para Guzmán Loera por delitos contra la salud, y sólo quedó sustentado
el de delincuencia organizada, por el cual le ordenaron al juez de la
causa reponer el proceso.
?En consecuencia, como al quejoso no se le hicieron saber los nombres
reales y demás datos personales de los mencionados testigos protegidos,
cuyas declaraciones sirvieron de sustento para la emisión de la
resolución reclamada, que confirmó el auto de formal procesamiento
dictado en su contra, en la que, incluso, se estimó que de sus
testimonios se desprende la existencia de la organización criminal a la
que se le imputa??, adujo el magistrado que analizó la causa.
Mientras tanto, la causa penal 73/2014, el pasado 30 de abril se revocó
el auto de formal prisión en contra de Guzmán Loera, dictado por el Juez
Tercero de Procesos Penales Federales, el 25 de febrero del 2014, por
delincuencia organizada.
El sentido de la resolución del Segundo Tribunal Unitario es por las
mismas causas antes referidas, las omisiones del MP de informar puntual y
verazmente sobre los datos generales y nombres reales de las personas
que acusan al procesado.
En esta causa la defensa utilizó los mismos argumentos con base al
artículo 20 constitucional, mientras que el razonamiento del magistrado
del Tribunal Unitario fue similar al de la causa antes descrita.
Tanto el CJF como la PGR informaron que ya se dio la reposición del
procedimiento en ambas causas, y se ratificó el auto de formal prisión
en contra de Guzmán Loera.
Cabe destacar que la información de algunos testigos protegidos de la
PGR ha sido contraproducente para las imputaciones que ha hecho el MP.
Noé Ramírez Mandujano, ex titular de la SIEDO, los generales Tomás
Ángeles Dauahare, Roberto Dawe González, Ricardo Escorcia Vargas, Rubén
Pérez Ramírez; el teniente coronel, Silvio Isidro de Jesús Hernández
Soto, el mayor Iván Reyna Muñoz, todos ellos fueron procesados por
imputaciones de testigos protegidos, aunque después fueron liberados.
De acuerdo con los antecedentes, reportes de inteligencia presuntamente
dirigidos desde los Estados Unidos, las imputaciones contra estas
personas fueron con base a nueve testigos colaboradores, entre ellos:
?Jennifer?, ?Felipe? ?Mateo? y ?Pitufo?, pero al final todos resultaron
infundados.
Durante la denominada ?Operación limpieza?, en el año 2008, en la
gestión del presidente, Felipe Calderón fueron detenidos 12 servidores
públicos, y otros 35 separados de sus cargos, con base a las
imputaciones que les hicieron los testigos colaboradores..CHG
Por fallas del MP revocan formal prisión a El Chapo
En dos acusaciones por el delito de delincuencia organizada no se dieron a conocer los nombres de los testigos protegidos; deberá reponer los procesos
Fuente: Internet