México. – La Pensión del Bienestar para adultos mayores es uno de los programas sociales entregado por la Secretaría del Bienestar con el objetivo de mejorar la calidad de vida de ese sector de la población. Sin embargo, hay algunas consideraciones a tomar en cuenta para que no tengas problemas y reciba su pago sin dificultades.
Como sabrás, la pensión del Bienestar fue implementado por el gobierno del expresidente Andrés Manuel López Obrador, y que seguirá durante el mandato de la actual presidenta Claudia Sheinbaum para contribuir al bienestar de las personas adultas mayores, que reciben un pago de 6 mil pesos cada bimestre.
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¿Cuáles son los requisitos para tener la Pensión del Bienestar?
Las personas que desean registrarse en este programa deben cumplir con los siguientes requisitos:
-Tener 65 años o más
-Ser mexicano o mexicana por nacimiento o contar con naturalización y domicilio en la República Mexicana
-Acta de nacimiento
-Documento de identificación vigente
-INE o INAPAM
-CURP
-Comprobante de domicilio de máximo 6 meses de antigüedad
-Formato Único de Bienestar llenado
¿Cuáles son las obligaciones a cumplir para que no se me retenga el pago?
De acuerdo con Diario Oficial de la Federación (DOF), los adultos mayores no pierden su apoyo económico, pero puede ocurrir una retención solo si se presentan algunas inconsistencias o existe información incorrecta en los datos personales del beneficiario.
Si tu recibes tu pago en efectivo debes estar muy pendiente para cobrar, pues el DOF señala que el derechohabiente o bien la persona adulta auxiliar deben cobrar el dinero pues si no se presentan a recibir los pagos hasta en dos bimestres consecutivos, se retiene el pago hasta investigar que sucede.
Otro motivo es que cuando se detecte una duplicidad comprobada de datos personales de la persona derechohabiente, es decir que este dos veces registrado, se retendrá el pago hasta que se aclare la situación.
Otros casos semejantes son si la secretaria del Bienestar detecta una alteración o falsificación del documento de medio de cobro de la persona derechohabiente o también la realización de cobros simultáneos o indebidos.
Cabe recordar que, en caso de que el pago de la pensión sea retenido, se detendrán temporalmente los depósitos y la entrega en efectivo. La retención se notificará bimestralmente a la persona derechohabiente o a su persona adulta auxiliar, señalando el motivo de la retención mediante un aviso visible que se fijará en un lugar accesible en el Módulo de Atención.