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México.- Tu sueldo más el doble, es decir, al triple deberá llegarte el pago en el próximo cheque si tu parón te solicita trabajar el próximo 21 de marzo sin haberte dado la oportunidad de descansar antes.
El Artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, es más que claro, y no lo olvides, incluso imprime este dato y si tu jefe se pone intenso, muéstraselo para que recuerde que está obligado a descansarte: los empleados tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado.
Y para que no te queden dudas, la LFT detalla que se te deberá de cubrir el salario diario normal más el doble y todo gracias a la celebración del Natalicio de Don Benito Juárez que da el descanso y por lo tanto ¡no se trabaja!
Obviamente todos los trabajadores saben de la responsabilidad que tienen en sus empresas, pero también es importante que el patrón organice sus roles de actividades para disminuir lo más posible la nómina y cumplir con este requisito; si no hay acuerdos previos como por ejemplo, dar el descanso previo o posterior, y te dicen “el lunes trabajas”, ten en cuenta que “la recompensa” llegará en el próximo cheque.
Ahora bien, si tu jefe se niega a pagarlo, siempre estará la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo -Profedet-, que podrá recibir tu denuncia y obligar a tu empresa a compensarte por tu trabajo en día feriado.
Después del asueto de ley del 21 de marzo, los trabajadores mexicanos se quedarán a la espera de cuatro más, los últimos del año que se establecen de la siguiente forma.
• 1 mayo, por el Día del Trabajo que cae domingo.
• 16 septiembre, por el Día de la Independencia de México, que llega en viernes.
• 21 noviembre, festivo por el día de la Revolución Mexicana que cae lunes.
• 25 diciembre, por la celebración de la Navidad que llegará en domingo.