México.- Este viernes 5 de junio, la Secretaría de Educación Pública -SEP- presentó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el que se establecen diversas disposiciones para evaluar el ciclo escolar 2019-2020 y cumplir con los planes y programas de estudio de Educación Básica (preescolar, primaria y secundaria), Normal y demás para la formación de maestros de Educación Básica aplicables a toda la República, al igual que aquellos planes y programas de estudio del tipo Medio Superior que la SEP haya emitido, en beneficio de los educandos.
*Las disposiciones son aplicables a las escuelas a cargo de la Federación, Estados, Ciudad de México y municipios, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización para impartir educación preescolar, primaria y secundaria*
El acuerdo indica que el Consejo Técnico Escolar sesionará el 8 de junio, con el propósito de analizar la aplicación de los criterios de valoración previstos en el presente Acuerdo y las demás disposiciones aplicables en los procesos administrativos para el cierre del ciclo escolar 2019-2020.
Agrega que este proceso se podrá realizar a distancia con el apoyo de plataformas tecnológicas o digitales, así como de otros recursos o medios disponibles, o de manera presencial, siempre en función del semáforo epidemiológico y de las indicaciones de las autoridades sanitarias.
La SEP oficializa que la fecha de fin del ciclo escolar 2019-2020 será el 19 de junio de 2020
Respecto a la evaluación señalada en los planes y programas de estudio para preescolar, primaria y secundaria se deberán tomar en cuenta la suspensión de actividades debido al caso fortuito y fuerza mayor que imperan por condiciones sanitarias en el país, así como lo señalado por las autoridades sanitarias, resulta fundamental establecer un mecanismo de evaluación extraordinaria que considere lo siguiente:
I. La evaluación será potestad del docente titular de grupo en el caso de preescolar, primaria y telesecundaria; y del docente titular de asignatura en el caso de secundaria. En caso de ausencia del docente, la o el Director, o la o el Supervisor, podrán asumir esta atribución o, en su caso, podrán señalar a la persona que llevará a cabo dicha evaluación;
II. Se considerarán, además de los aprendizajes formales previstos en el currículo, las experiencias y conocimientos adquiridos en la convivencia cotidiana durante el periodo de contingencia;
III. Se tomarán en cuenta los logros de los educandos en todo el ciclo escolar, por lo que, para el caso de educación primaria y secundaria, la calificación del tercer periodo será el promedio de las calificaciones obtenidas en los dos periodos de evaluación previos, sumando a éste todos los elementos de valoración que el docente considere, entre otros: el esfuerzo realizado en forma autónoma por los educandos, el involucramiento de las y los educandos en alguno de los medios utilizados por la estrategia “Aprende en Casa” o las guías y actividades dirigidas a distancia por el titular del grupo;
IV. Para el caso de educación preescolar, en virtud de que en la boleta no se asientan calificaciones y que, además, la promoción es automática, solamente se asentarán “observaciones y sugerencias sobre los avances del aprendizaje” en la sección correspondiente de la boleta si el docente cuenta con elementos suficientes derivados de la comunicación constante con los educandos;
V. Se podrán considerar aquellas actividades que se realizaron por medios electrónicos, de manera virtual y efectiva, siempre que sea en beneficio de los educandos;
VI. La Carpeta de Experiencias podrá tomarse en cuenta como uno de los elementos de valoración, exclusivamente en los casos en que estudiantes y familias hayan tenido oportunidad de compartirla con sus docentes. En todo caso, la carpeta se utilizará como elemento de valoración diagnóstica en el inicio del próximo ciclo escolar. La valoración de la carpeta se usará únicamente en beneficio de las niñas, niños y adolescentes para aumentar su calificación, nunca para perjudicarlos;
VII. En caso de no tener elementos adicionales para la valoración del tercer periodo, debido a que no hubiese sido posible establecer comunicación con el educando, o bien, por falta de acceso a la oferta educativa de la estrategia “Aprende en Casa”, o por no contar con las herramientas o materiales para desarrollar los trabajos o actividades escolares, la calificación del tercer periodo será el promedio de las calificaciones obtenidas en los dos periodos de evaluación previos; considerando criterios de equidad y el interés superior de niñas, niños y adolescentes; se procurará su continuidad al siguiente grado escolar o nivel educativo.
VIII. El criterio de asistencia del 80% para los educandos de 3º a 6º grado de educación primaria y de 1er a 3er grado de educación secundaria, no será considerado para la acreditación y promoción de grado o nivel educativo del ciclo escolar 2019-2020;
IX. Para los educandos que transiten de 6° de primaria a 1° de secundaria, no habrá exámenes de asignación. Los criterios para ubicar a los educandos serán su calificación, la proximidad del lugar de residencia a la escuela, la proximidad del centro de trabajo del padre, la madre o tutor a la escuela, o el hecho de tener hermanas o hermanos cursando las ecundaria en la misma escuela, y
X. En todos los casos que sea posible, el docente titular de grupo o de asignatura, deberá continuar con el mismo grupo de educandos en el siguiente grado escolar.
*Durante el mes de agosto se llevarán a cabo dos procesos de regularización para estudiantes de secundaria, previo acompañamiento y apoyo académico. Los resultados de las evaluaciones deberán emitirse a mas tardar el 31 de agosto*
La comunicación del resultado de la evaluación del tercer periodo y calificación final, as como la entrega en formato electrónico de las boletas de evaluación y certificados a las madres, padres de familia o tutores, se realizará los días 18 y 19 de junio, si la familia dispone de medios de comunicación telefónica o electrónica.
La entrega física de las boletas de evaluación y certificados a las madres, padres de familia o tutores se realizará al inicio del próximo ciclo escolar.
La SEP establece el siguiente calendario de actividades para el cierre del ciclo escolar 2019-2020 y el inicio del ciclo escolar 2020-2021:

Para conocer el resto de los puntos establecidos en este acuerdo INGRESA DESDE AQUÍ A LA PUBLICACIÓN DEL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN.
En educación Media Superior la SEP propone el siguiente calendario escolar con fechas referenciadas, sujetas a la existencia del “semáforo verde” en la localidad donde se ubique el plantel, conforme el Acuerdo correspondiente emitido por la Secretaría deSalud, en el entendido que es potestad de cada institución que imparte educación media superior el proponer y aplicar el calendario que resulte conveniente, cumpliendo siempre con las disposiciones que la autoridad sanitaria emita:
