México.- Como una disposición desigual, fue calificada desde el año 2022 el que las mujeres mexicanas deban esperar cierto tiempo para que, después de divorciarse, puedan contraer nuevas nupcias, esto a menos que tengan un hijo.
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Pero fue el 14 de diciembre de 2022, cando la Senadora Josefina Vázquez Mota, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, quien presentó ante el pleno del Senado de la República, la iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se deroga el artículo 158 del Código Civil Federal en materia de igualdad de género. En esa misma fecha, la mesa directiva del Senado de la República dispuso que dicha iniciativa se turnara a las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Primera.
¿Qué es lo que dice el artículo 158 de Código Civil Federal que motivó a que esta iniciativa de proyecto de decreto sobre el matrimonio de las mueres en México, se analizara?
“Artículo 158. – La mujer no puede contraer nuevo matrimonio sino hasta pasados trescientos días después de la disolución del anterior, a menos que dentro de ese plazo diere a luz un hijo. En los casos de nulidad o de divorcio, puede contarse este tiempo desde que se interrumpió la cohabitación*
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Sí, son todavía 300 días de espera para que una mujer pueda contraer nuevas nupcias, y bajo este contexto, también se recuerda que ante la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4°, se establece que la mujer y el hombre son iguales ante la ley, puntualizando que esta garantía es necesaria en cualquier Estado de derecho, y supone la no discriminación en cualquier proceso legal.
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“A pesar de los diferentes avances en la protección y garantía de los derechos humanos, la desigualdad es un problema persistente en la sociedad, lo cual, se puede corroborar actualmente en el artículo 158 del Código Civil Federal”, detalló en su momento la Senadora Vázquez Mota al solicitar suprimir dicho artículo.
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Y fue el pasado 28 de febrero cuando el pleno del Senado avaló la reforma que deroga dicho artículo, garantizando así que no deberán pasar 300 días para que una mujer mexicana pueda casarse de nuevo*
Y será cuando las reformas se publiquen en el Diario Oficial de la Federación (de lo cual no hay fecha específica), cuando se indique el momento en el que entrarán en vigor y otras disposiciones.
¡Te parece acercada la determinación?