México.- La Modalidad 40 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), también conocida como Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, permite a personas que ya no están afiliadas continuar realizando aportaciones para mejorar el monto de su pensión.
Esta opción está dirigida a quienes cotizan bajo la Ley del 73 del IMSS, es decir, trabajadores que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997, fecha en que entró en vigor el sistema de Afores.
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Requisitos para acceder a la Modalidad 40 del IMSS
Pueden acceder a la Modalidad 40 los trabajadores que:
-Hayan acumulado al menos 52 semanas cotizadas en los últimos cinco años antes de causar baja en el IMSS.
-Realicen la solicitud dentro de los cinco años siguientes a su última relación laboral formal.
-El trámite puede hacerse en línea o de manera presencial. Para el registro digital se requiere CURP, correo electrónico y seguir las instrucciones del portal oficial del IMSS
¿Cómo tramitar la Modalidad 40 del IMSS?
Esta solicitud se puede realizar tanto por internet como en la subdelegación del IMSS, con los siguientes documentos:
- En línea
-Clave Única de Registro de Población (CURP).
-Número de Seguridad Social (NSS).
-Correo electrónico
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- Presencial en ventanilla
-CURP
-Número de Seguridad Social (NSS).
-Correo electrónico.
-Identificación oficial vigente. Original y 1 copia.
-Escrito libre solicitando la inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio, con firma autógrafa o huella digital. Original y 1 copia.
-Comprobante de domicilio. Original y 1 copia.