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La SCJN analiza rastreo de teléfonos celulares

Trabajan sobre la acción de inconstitucionalidad presentada por la CNDH por la violación a la privacidad que implica

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Ciudad de México.- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
finalizó la primera parte del análisis sobre el rastreo de teléfonos de
comunicación móvil, estableciendo una diferencia entre la
geolocalización del origen de las llamadas, que implica una técnica de
investigación judicial, y el seguimiento a una persona que conlleva
aspectos legales sobre privacidad.Durante este jueves, la SCJN
abordó la acción de inconstitucionalidad que presentó la Comisión
Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) por las reformas en las que se
modificó el artículo 133 al Código Federal de Procedimientos Penales y
16 de la Ley de Telecomunicaciones, con los que se permite que los
ministerios públicos soliciten a las proveedoras de servicios de
telefonía celular información de alguna persona involucrada en una
investigación relacionada con delincuencia organizada, secuestros o
delitos contra la salud.Al respecto, la CNDH
argumenta que la localización geográfica de una persona viola el
derecho a la privacidad, sus garantías de legalidad, y la seguridad
jurídica al otorgar facultades discrecionales e ilimitadas a las
procuradurías federal y estatales en el país, ya que la petición a las
operadoras se hace sin un requerimiento judicial.Los ministros
de la SCJN contrastaron el derecho a la privacidad de las personas con
las facultades de la autoridad que se establecen en el Código Federal de
Procedimientos Penales, y 16 de la ley de Telecomunicaciones,
precisando diferencia entre seguimiento de equipos y no de personas.Además
se destacó el derecho a la privacidad y se proyectó que en la
continuación del análisis el próximo lunes se abordarán aspectos de la
Convención Americana de Derechos Humanos, del Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos.La votación a la que lleguen los
ministros del pleno de la SCJN será la primera sobre el nuevo Código
Nacional de Procedimientos Penales y hasta este jueves se perfila que en
tanto no se aborden las personas sino los dispositivos móviles como
medio de investigación es correcto.LM

Fuente: Internet

Fotografía de perfil de Liz Douret

Liz Douret

Editor de Contenidos

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