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INE avala medidas extraordinarias para elecciones

En el acuerdo se refrendó la facultad de los consejos locales y distritales para poder sesionar en sedes alternas donde puedan desarrollar sus actividades, tendientes a completar la logística durante la jornada comicial del domingo próximo

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Redacción.- El Consejo General del INE aprobó por unanimidad acciones
extraordinarias para la continuación del proceso electoral en aquellos
distritos cuyas circunstancias de caso fortuito y fuerza mayor no
permitan las condiciones o impidan la implementación ordinaria de sus
actividades.
En el acuerdo se refrendó la facultad de los consejos locales y
distritales para poder sesionar en sedes alternas donde puedan
desarrollar sus actividades, tendientes a completar la logística durante
la jornada comicial del domingo próximo.
Además podrán realizar las acciones necesarias relacionadas con la
entrega y resguardo de los paquetes electorales y la realización de los
respectivos cómputos.
Para ello ?los miembros del Servicio Profesional Electoral deberán
coadyuvar con el consejero presidente del consejo local o distrital
correspondiente en las medidas que al respecto se adopten?.
Asimismo se precisa que los consejos locales o distritales en el
ámbito de sus facultades y atribuciones aprobarán justificadamente las
medidas específicas a adoptarse en cada una de las entidades o
distritos.
También se faculta a los consejeros presidentes de los consejos
locales y distritales a implementar la logística de dichas medidas,
inclusive cuando, por la situación extraordinaria, tengan que apartarse
del cumplimiento de los acuerdos que el Consejo General ha emitido para
la organización de la jornada electoral y la realización de los
cómputos.
Se autoriza a los consejeros presidentes de los consejos locales y
distritales a realizar las contrataciones que estimen necesarias para
llevar a cabo las medidas específicas adoptadas, respecto de los actos
que faltan por desarrollarse con miras a cumplir en tiempo y forma con
la instalación y funcionamiento de la casillas electorales.
También con el cumplimiento del traslado, al término de la jornada
electoral, de los paquetes electorales a los consejos distritales del
Instituto Nacional Electoral (INE) y Organismos Públicos Locales
correspondientes en los casos de elecciones concurrentes, incluso el
cómputo de los votos.
En sesión extraordinaria también se autorizó a la Dirección Ejecutiva
de Administración aplicar medidas extraordinarias de carácter temporal
en materia de provisión de bienes y servicios para garantizar la
realización de procesos electorales frente a situaciones de caso
fortuito o fuerza mayor.
Esas medidas extraordinarias, se señala en el acuerdo, se mantendrán
vigentes desde la aparición del caso fortuito o evento de fuerza mayor
hasta la conclusión de las mismas, lo cual deberá ser notificado por
escrito a través de los consejeros presidentes de los consejos locales y
distritales a la Secretaría Ejecutiva.
Además de la notificación por escrito, los referidos consejeros
presidente notificarán telefónicamente sobre las medidas adoptadas o por
adoptar a la Dirección de Organización Electoral, quien llevará un
registro de las acciones implementadas en todo el país.
Adicionalmente se faculta a los comités de adquisiciones,
arrendamientos y servicios para llevar a cabo las contrataciones
necesarias para la continuidad de las elecciones.
Asimismo se autoriza a la Dirección Ejecutiva de Organización
Electoral para que lleve a cabo las medidas necesarias para la
elaboración y distribución de la documentación o material electoral que
pudiere hacer falta para la jornada electoral, fuera de los plazos y
términos establecidos en la normativa previamente aplicable.
Se autorizó a la Unidad Técnica de Servicios de Informática para que
de manera inmediata tome las medidas necesarias para, en caso de ser
técnicamente factible, facilitar la alimentación y acceso a los sistemas
de la jornada electoral y de los cómputos distritales y de
circunscripción por parte de las juntas locales y distritales.
Asimismo para coadyuvar con los consejos locales, distritales y la
Dirección Ejecutiva de Administración en la distribución de equipo
informático, así como de dispositivos de acceso a Internet móvil.
Los presidentes de los consejos locales y distritales, así como los
titulares de las direcciones ejecutivas, deberán informar de manera
inmediata sobre las decisiones que se tomen, en cumplimiento de este
acuerdo a la Secretaría Ejecutiva del INE, quien a su vez lo hará del
conocimiento de los consejeros electorales del Consejo General.SA

Fuente: Internet

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Liz Douret

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