Ciudad de México.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
revocó la sentencia de amparo que en agosto dejó en libertad al fundador
del extinto Cártel de Guadalajara, Rafael Caro Quintero, al considerar
que no fue adecuada.
El capo de Guadalajara fue condenado, el 3 junio del 2009, a 40 años
de prisión por la comisión de varios delitos, entre ellos faltas en
contra de la salud relacionadas con el cultivo y tráfico de marihuana,
así como por el secuestro y asesinato del ex agente de la Agencia
Antidrogas de Estados Unidos (DEA, por su sigla en inglés), Enrique
Camarena, así como por el homicidio del piloto nacional Alfredo Zavala;
ambos crímenes ocurrieron en 1985.
El pasado 9 de agosto, el capo fue puesto en libertad luego de que un
Juez del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal de la entidad
determinó que los delitos debieron ser castigados por la justicia del
fuero común y no federal.
Por mayoría de cuatro votos en favor y uno en contra, la Primera Sala
del máximo tribunal revocó el amparo solicitado por el capo de
Guadalajara, debido a que la sentencia del Tribunal Colegiado no fue
adecuada.
Ello, fundamentado en que los tratados internacionales, de los cuales
México es parte, advierten que Enrique Camarena, en su carácter de
agente de la DEA, era una persona internacionalmente protegida, pues
incluso había sido reconocida oficialmente por el gobierno nacional y
por EU como agente intergubernamental. Por ello, los jueces federales sí
eran competentes para resolver en torno a los delitos cometidos en su
contra.
Al respecto, el ministro José Ramón Cossío, el único que votó en
contra de la propuesta, argumentó que el tema no se trataba de una
impugnación relacionada con la constitucionalidad y licitud o existencia
de material probatorio con su valoración. ?Estamos frente a una
discusión sobre la confirmación o revocación de una sentencia que
concede un amparo por falta de competencia de la autoridad federal que
conoció del proceso penal.
?Estoy en contra del proyecto y por conformar la sentencia del
Tribunal Colegiado, ya que no puedo aceptar la propuesta de que
funcionarios de una agencia gubernamental extranjera, que tiene
jurisdicción sobre el territorio de los Estados Unidos, deban ser
considerados como personas internacionalmente protegidas, cuando los
mismos realizan funciones en territorio nacional?.
Por otro lado, la Primera Sala resolvió también que los jueces
federales eran competentes para conocer los delitos cometidos en contra
de Alfredo Zavala Avelar, pues era un servidor público federal en
funciones cuando ocurrió el homicidio.
El máximo tribunal ordenó que se regresara el expediente al Primer
Tribunal Colegiado en Materia Penal, para dictar una nueva sentencia con
base en la resolución de la SCJN.
En la sesión de la Primera Sala del Máximo Tribunal, celebrada ayer
miércoles, debatieron el proyecto los ministros Jorge Mario Pardo
Rebolledo, José Ramón Cossío Díaz, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Arturo
Zaldívar y la ministra Olga Sánchez Cordero. En la discusión estuvo
presente personal de la Procuraduría General de la República y de la
Embajada de Estados Unidos en México.
Caro Quintero está acusado ante una Corte Federal de Distrito de
California por graves delitos federales y es considerado en EU prófugo
de la justicia.
FÉLIX GALLARDO
Otro fundador del cártel de Guadalajara, Miguel Ángel Félix Gallardo,
permanecerá recluido en un penal de máxima seguridad, determinó la
SCJN, al declarar infundado un recurso de inconformidad sobre el acuerdo
del 23 de julio del 2013, dictado por el Tribunal Unitario del Tercer
Circuito, dentro de los autos del juicio de amparo con expediente
15/2012. La resolución de este Tribunal impide el traslado de este
narcotraficante, conocido como El Padrino o Zar de la cocaína, a otra
prisión de menor seguridad.LM
Inadecuada, sentencia que liberó a Caro Quintero: SCJN
Por mayoría de cuatro votos en favor y uno en contra, la Primera Sala del máximo tribunal revocó el amparo solicitado por el capo de Guadalajara, debido a que la sentencia del Tribunal Colegiado no fue adecuada
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