México.- En el ámbito laboral, las personas trabajadoras en México pueden cotizar ante dos instituciones de seguridad social: el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
Para muchos, el cambio entre una u otra institución suele obedecer a una transición laboral entre el sector privado y el público. No obstante, esta situación cobra especial relevancia al momento de tramitar una pensión, ya que las semanas o años cotizados en una institución no se reconocen automáticamente en la otra.
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Y es que, para que el tiempo de cotización sea válido entre ambos sistemas, es necesario realizar un trámite conocido como portabilidad de derechos. Este procedimiento permite a las personas trabajadoras unificar los periodos de cotización acreditados tanto en el IMSS como en el ISSSTE, mediante un intercambio de información entre ambas dependencias.
La portabilidad de derechos facilita que los trabajadores cumplan con los requisitos mínimos para acceder a una pensión en cualquiera de las dos instituciones y, en algunos casos, incluso obtener un monto mayor al momento de la jubilación, al considerar la totalidad de su historial laboral.
Requisitos para realizar la portabilidad de derechos:
-Contar con cotizaciones tanto en el IMSS como en el ISSSTE
– Estar bajo el régimen de Cuentas Individuales del ISSSTE (Ley 2007) o bajo las Leyes 73 o 97 del IMSS
– Tener mínimo 60 años
– Estar en periodo de Conservación de Derechos en el IMSS (para pensiones de Ley 73)
– Contar con el tiempo de cotización acreditado en ambos Institutos, para ello se debe obtener la constancia de Períodos Reconocidos del ISSSTE-IMSS.
¿Cómo se tramita la portabilidad de derechos?
La transferencia de derechos se debe solicitar en el Instituto al que se estuvo afiliado por última vez.
IMSS: acudir a la Subdelegación más cercana al domicilio o realizarlo en línea, a través de IMSS Digital o en el sitio web del IMSS.
ISSSTE: dirigirse a alguna de las Subdelegaciones de Prestaciones de las Representaciones Estatales y Regionales.
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Presentar la siguiente documentación:
- Identificación oficial vigente con fotografía
- CURP
- Copia del documento de elección o impresión del expediente electrónico único, para acreditar que se está bajo el régimen de Cuentas Individuales del ISSSTE;
- Último estado de cuenta de AFORE PENSIONISSSTE.
El IMSS o el ISSSTE – según corresponda – realizará la revisión de la documentación. Una vez finalice el trámite, el usuario podrá iniciar la solicitud de pensión en el mismo Instituto donde se hizo la transferencia.