México.– Este lunes 13 de abril se presentó en el Diario Oficial de la Federación, el decreto por el que se reforma el artículo 93 de la Ley de Migración.
Dicho documento detalla en su punto único que se reforma el artículo 93 de la Ley de Migración, para quedar como sigue:
Artículo 93. El Instituto solicitará información al Ministerio Público sobre las denuncias formuladas en contra de los extranjeros por la presunta comisión de los delitos, solo para efectos de control, verificación o revisión migratoria.
Cuando los particulares presenten denuncias ante él, deberá informar a los particulares que no es la autoridad competente para conocer y enviará de forma inmediata al particular ante la autoridad competente para que presente la denuncia correspondiente.
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Consulta DESDE AQUÍ el documento publicado en el Diario Oficial de la Federación.