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HIMNO NACIONAL

¡Fue un horror! Eugenia León y Regina Orozco alteran el Himno Nacional en cierre de precampaña de Sheinbaum

A pesar de que ambas personalidades tienen experiencia en el ambiente musical, la manera en la que cantaron este tema, parte de los Símbolos Patrios, no resultó como debía, ya que ambas modificaron alteraron notablemente la entonación ¿Podrían recibir multa?

Mujeres cantando el Himno Nacional
Foto/Cortesía | Eugenia León y Regina Orozco en evento político de Morena.

MÉXICO.- Eugenia León y Regina Orozco fueron las personas seleccionadas para interpretar las letras del Himno Nacional durante el cierre de precampaña de Claudia Sheinbaum, cuyo evento se llevó a cabo en el Monumento a la Revolución.

A pesar de que ambas personalidades tienen experiencia en el ambiente musical, la manera en la que cantaron este tema, parte de los Símbolos Patrios, no resultó como debía, ya que ambas modificaron alteraron notablemente la entonación.

Así fue la interpretación del Himno Nacional

El evento político se realizó presencialmente, por lo que también se llevó a cabo una transmisión en vivo que siguieron algunas personas más, quienes rápidamente se dieron cuenta del gravísimo error que cometieron las cantantes.

Esto debido a que siguen un ritmo completamente diferente, desafinan e incluso es posible escuchar que en un momento Orozco cambia ligeramente la letra, ya que en lugar de mencionar la palabra “mexicanos al grito de guerra”, ella canta “mexicanas”.

Al escuchar la interpretación de la también actriz, no dudaron en compartir fragmentos del Himno Nacional, ya que aseguraron que las artistas habían “destrozado” este Símbolo Patrio con su forma de cantar; mientras otros más pidieron que se les multe.

¿Qué dice la Ley sobre cambiar las letras del Himno Nacional?

De acuerdo con las leyes mexicanas, “está estrictamente prohibido alterar la letra o música del Himno Nacional y ejecutarlo total o parcialmente en composiciones o arreglos.”

“El canto, la ejecución, reproducción y circulación del Himno Nacional, se debe apegar a la letra y música establecida en los artículos 57 y 58 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.”, advierte la Secretaría de Gobernación (Segob), citando el artículo 38 de la Constitución.

En todo caso, solo los pueblos y comunidades indígenas podrán interpretar el Himno Nacional traducido a la lengua materna que en cada caso corresponda, según especifica el artículo 39 BIS, en el cual se detalla que será la Segob la encargada de llevar el registro de las traducciones autorizadas.

“A la persona o personas que al cantar el Himno Nacional alteren la letra serán sancionadas, según la gravedad de la infracción y la condición del infractor, con multa económica de una a doscientas cincuenta veces el salario mínimo, o con arresto hasta por treinta y seis horas”.

 

Fuente: Línea Directa.

Fotografía de perfil de Liz Douret

Liz Douret

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