México.- Con el fin de brindar mayores facilidades a la ciudadanía en el trámite para la obtención de la Credencial para Votar y, con ello, posibilitar que un mayor número de ciudadanas y ciudadanos cuenten con su respectivo instrumento electoral y, en consecuencia, propiciar una mayor participación de la ciudadanía en la vida democrática de nuestro país, el Instituto Nacional Electoral, flexibilizó los requisitos para la obtención de dicho documento.
En el Diario Oficial de la Federación, la Comisión Nacional de Vigilancia, publicó la síntesis del acuerdo por el que se aprueban los medios de identificación para solicitar la Credencial para Votar en territorio nacional.
Las disposiciones normativas que sustentan la determinación, establecen que el artículo 135, párrafo 2 de la LGIPE, alude que para solicitar la Credencial para Votar, la o el ciudadano deberá identificarse, con su acta de nacimiento, además de otros documentos y tendrán la obligación de acudir a las oficinas o módulos que determine el INE, a fin de solicitar y obtener su Credencial para Votar.
En ese sentido, a través del Acuerdo se aprobaron los medios de identificación para obtener la Credencial para Votar en territorio nacional, los cuales son clasificados en tres grupos para identificar a las y los solicitantes de dicho instrumento electoral, mismos que se enuncian a continuación:
- Documento de identidad.
- Identificación con fotografía.
- Comprobante de domicilio.
Los solicitantes de primera vez deberán tomar en cuenta que deberán adicionalmente presentar la Constancia de la Clave Única de Registro de Población -CURP-
QUIERES HACER UNA CITA PARA SOLICITAR TU INE ENTRA AQUÍ llena el formulario, checa las fechas y horarios disponibles y listo.