Al momento

México

Este es el plazo y la forma en que clientes de Banco Famsa tendrán la devolución de su dinero

Se indica que el plazo es de 90 días para el pago de las obligaciones garantizadas por parte del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario

Línea Directa | La información al momento
La información al momento | Línea Directa

México.- Este 2 de julio de 2020, la Secretaría de Hacienda y el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, informaron en el Diario Oficial de la Federación, el plazo para que los recursos a clientes del Banco Famsa en liquidación les sean devueltos.

En el documento se indica que el plazo de 90 días para el pago de las obligaciones garantizadas por parte del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB o Instituto) a que se refiere el artículo 188, segundo párrafo de la Ley de Instituciones de Crédito empezará a correr a partir del 1 de julio de 2020, fecha en que la institución de banca múltiple entró en estado de liquidación

Añade que el Instituto pagará a las personas que tengan el carácter de “Titular Garantizado por el IPAB”, tal como este término se define en las “DISPOSICIONES de carácter general, relativas al procedimiento de pago de obligaciones garantizadas y de las operaciones pasivas, sus depósitos de la siguiente forma:

El Titular Garantizado deberá ingresar al Portal de Pagos IPAB en la siguiente dirección: https://apps.ipab.org.mx/PCOP

  1. Una vez que acceda a dicho Portal de Pagos IPAB deberá proporcionar su nombre completo, correo electrónico y número de teléfono celular.
  2. Registrarse con mecanismos de autenticación para validar su identidad.
  3. Conocer la forma en que recibirá el pago de sus depósitos garantizados por el IPAB, conforme a lo siguiente:

Te puede interesar: ¿Tenías tus ahorros en Banco Famsa? Esto debes hacer para recuperar tu dinero

I.    A los Titulares Garantizados con depósitos garantizados de hasta $9,000.00 (Nueve mil pesos 00/100 Moneda Nacional) se les pagará a través del servicio denominado “Retiro Sin Tarjeta Masivo” en las practicajas (cajero automático que recibe depósitos) de BBVA Bancomer, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA Bancomer (BBVA), sin que se requiera la presentación de una solicitud de pago.

Para realizar el “Retiro Sin Tarjeta Masivo”, el IPAB proporcionará un código de seguridad de cuatro dígitos por cada Titular Garantizado, a través del Portal de Pagos IPAB; posteriormente, BBVA proporcionará una clave de retiro de doce dígitos a través de un mensaje de texto al teléfono celular que se registró en el Portal de Pagos IPAB; por su parte, el Titular Garantizado deberá acudir a cualquier practicaja de BBVA ubicada en sus sucursales e introducir el código de seguridad proporcionado por el IPAB y la clave de retiro proporcionada por BBVA para disponer de los depósitos garantizados que le corresponden.

II.   A los Titulares Garantizados cuyos depósitos garantizados excedan los $9,000.00 (Nueve mil pesos 00/100 Moneda Nacional), así como a todos los Titulares Garantizados que sean personas morales, y hasta por la cantidad equivalente a cuatrocientas mil Unidades de Inversión se les pagará mediante cheque nominativo expedido a su favor cuya Institución librada será BBVA para abono en cuenta del beneficiario y no negociable, sin que se requiera la presentación de una solicitud de pago.

El cheque nominativo para abono en cuenta del beneficiario y no negociable será enviado al domicilio del Titular Garantizado registrado en los sistemas de Banco Ahorro Famsa, S.A., Institución de Banca Múltiple, en liquidación. Para realizar el cobro del cheque, el Titular Garantizado deberá ingresar al Portal de Pagos IPAB y activarlo, una vez activado, lo podrá depositar a los dos días hábiles bancarios posteriores, en la institución de banca múltiple de su preferencia.

III.   A los Titulares Garantizados personas físicas cuyos depósitos excedan los $9,000.00 (Nueve mil pesos 00/100 Moneda Nacional), que previamente a la publicación de este aviso tengan contratado con BBVA una cuenta de depósito, BBVA podrá ofrecerles la opción de pago de sus depósitos garantizados mediante abono en dicha cuenta. En caso de que el Titular Garantizado no desee elegir dicha opción, su pago se realizará conforme a la fracción II anterior.

De conformidad con el artículo 189 de la Ley de Instituciones de Crédito, el valor de las Unidades de Inversión que se tomará para determinar el monto de las obligaciones garantizadas por el IPAB, será el publicado por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación y que se encuentra vigente al 1 de julio de 2020, fecha en la que Banco Ahorro Famsa, S.A., Institución de Banca Múltiple entró en estado de liquidación, siendo tal valor de $6.445166 pesos Moneda Nacional.

Debes leer: ¡Es oficial! Banco Famsa dejará de operar; le revocan autorización y se hace público

Los Titulares Garantizados podrán presentar una solicitud de pago en los casos siguientes:

I.      Si no recibieran el pago de las obligaciones garantizadas a su favor, o bien, en caso de recibirlo, no estuvieran de acuerdo con el monto correspondiente, o

II.     Si el IPAB lo requiere en aquellos casos en los que la información de los sistemas automatizados de procesamiento y conservación de datos, de Banco Ahorro Famsa, S.A., Institución de Banca Múltiple, en liquidación a los que hace referencia el artículo 124 de la Ley de Instituciones de Crédito, se encuentre incompleta o presente inconsistencias.

Consulta el documento completo EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN

Fuente: Internet

Fotografía de perfil de Alma Rosa Aguirre Lugo

Alma Rosa Aguirre Lugo

Editor de ContenidosFotógrafoReportero

Alma Rosa Aguirre Lugo

Ver más

Al momento

Suscríbete a nuestro boletín

Para tener la información al momento, suscríbete a nuestro boletín en el tendrás las últimas noticias de Sinaloa, México y el mundo.