México. El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) cuenta con distintos esquemas para proteger a los acreditados en circunstancias imprevistas que impidan seguir pagando un crédito hipotecario. Aunque sus préstamos suelen pactarse en plazos de uno a 30 años para la compra, remodelación o construcción de vivienda, existen mecanismos que permiten la condonación total de la deuda en casos excepcionales.
Una de las principales situaciones en las que se aplica es el fallecimiento del titular. Cuando esto ocurre, se activa un seguro que liquida el saldo pendiente del crédito, incluso si los pagos no se encontraban al corriente.
Otra circunstancia prevista es la incapacidad. Mediante un autoseguro, las personas que enfrenten un accidente o enfermedad que les impida continuar con sus aportaciones pueden solicitar la cobertura, siempre y cuando presenten un dictamen emitido por el IMSS, ISSSTE o PROFEDET que acredite incapacidad total permanente, invalidez definitiva o incapacidad parcial permanente igual o superior al 50 por ciento.
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En este último supuesto, si se trata de una incapacidad parcial del 50 por ciento o más, el instituto otorga hasta dos años de prórroga sin pagos ni intereses. Si al término de ese plazo el acreditado no ha logrado reincorporarse a una relación laboral y reúne los requisitos establecidos, es posible liberar la hipoteca.
El procedimiento en caso de defunción requiere abrir un expediente llamando a Infonatel, cargar documentos escaneados en el portal oficial y agendar una cita en el Centro de Servicio del Infonavit. El día programado se deben presentar los originales de acta de defunción, identificaciones oficiales y número de seguridad social del acreditado. Con ello, el instituto garantiza que las familias no pierdan su patrimonio frente a eventualidades tan delicadas como la muerte o la incapacidad del trabajador.