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Elba Esther Gordillo consigue amparo pero seguirá presa

La PGR deberá revisar el proceso penal por posibles violaciones a sus derechos humanos y deficiencias técnicas en la integración de la averiguación

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México.- La ex dirigente magisterial Elba Esther
Gordillo Morales y coacusados por la PGR lograron el amparo de la
justicia federal para solventar diversos errores de forma en los juicios
penales que los mantienen en prisión.La victoria jurídica
parcial que obtuvieron tiene el propósito de que el Ministerio Público
Federal emita nuevas resoluciones en las que corrija errores y repare
violaciones al procedimiento, por lo que permanecerán en la cárcel
mientras continúa el proceso.El Consejo de la Judicatura
Federal precisó que el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Amparo
del Primer Circuito, al resolver el juicio de amparo indirecto
354/2013-3 y sus acumulados 367/2013-5 y 368/2013-1, promovidos por José
Manuel Díaz Flores, Elba Esther Gordillo Morales e Isaías Gallardo
Chávez resolvió otorgar el amparo para los procesados por las razones
siguientes:En el caso del delito por violaciones a la Ley
Federal Contra la Delincuencia Organizada que consta en el auto de
formal prisión, el juez de amparo consideró que el pliego del Ministerio
Público Federal carecía de los requisitos de forma previstos en el
Artículo 16 de la Constitución.En particular señaló las
imprecisiones y características de dicho ilícito en cuanto a sus
elementos, así como la falta de precisión de la conducta atribuida a
cada uno de los indiciados en lo que atañe a las circunstancias de
lugar, tiempo y modo de ejecución, debido a lo cual deberá subsanar esos
errores en un nueva resolución.Igual ocurre con el auto
de formal prisión, en relación con los delitos de Operaciones con
Recursos de Procedencia Ilícita y Violación a la Ley Federal Contra la
Delincuencia Organizada.En opinión del juez, ambos casos
se componen de elementos diferenciales que obligan a la precisión de los
hechos de una y otra hipótesis delictiva, así como la forma de
intervención de los ahora quejosos, lo que impacta en cuestiones de
fondo relativas al primero de los delitos que se les atribuyen.En
ambos casos el amparo se concedió, subrayó el Consejo de la Judicatura,
por indebida fundamentación y motivación de la resolución del
Ministerio Público Federal, pero no implica que a los acusados se les
deba dictar auto de libertad, sino simplemente se debe emitir un nuevo
auto de formal prisión.Respecto al delito de Operaciones
con Recursos de Procedencia Ilícita, previsto y sancionado en el
Artículo 400 Bis del Código Penal Federal, la razón para conceder el
amparo fue que el Ministerio Público de la Federación Investigador
(Procuraduría General de la República) no cumplió con el requisito de
procedibilidad que exige esa norma legal para ejercitar la acción penal.Esto
se debe a que, de acuerdo con la ley, los acusados por esos delitos
debieron utilizar los servicios de instituciones que integran el
servicio financiero y, por tanto, se requería necesariamente de la
denuncia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para poder
acreditarlo, lo que no sucedió en este caso.Es decir el
motivo de la concesión del amparo se debió a la deficiencia técnica en
la integración de la averiguación previa, la cual es atribuible al
ministerio público.IN

Fuente: Internet

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Liz Douret

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