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México.– El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es el encargado de recaudar los impuestos, y de vigilar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Muchas personas desconocen que el SAT puede bloquearles el acceso a sus cuentas bancarias, sin embargo, el Código Fiscal así se lo permite aunque solo en ciertos casos, que le permiten solicitar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) que dichos recursos sean congelados en todo el sistema financiero.
En dado caso de que la institución llegue a congelar tus cuentas bancarias, lo primero que deberás notificar dicho acto vía buzón tributario o personalmente, siempre y cuando tenga registro de tu correo electrónico o te encuentres localizable en tu domicilio fiscal; de lo contrario, la notificación se realiza por estrados.
Después de que recibas la notificación, tendrás la opción de solicitar que no se inmovilicen tus depósitos bancarios y ofrecer algún otro tipo de garantía como son depósito en dinero o carta de crédito emitida por institución bancaria autorizada.
El SAT puede congelar tus cuentas bancarias si tienes adeudos fiscales y no cuentas con garantías.
Para que la institución te reintegre o devuelva el importe transferido si pagaste tus adeudos fiscales o la resolución fue a tu favor, presenta un escrito con nombre, denominación o razón social, clave y domicilio fiscal manifestados al registro federal de contribuyentes, además de autoridad a la que se dirige, domicilio para oír y recibir notificaciones, correo electrónico y justificación y solicitud del reintegro.