México.- Para el Servicio de Administración Tributaria –SAT- todo ingreso que se refleje en tus operaciones debe ser tomado en cuenta y sobre todo, declarado, a fin de que no se mal interprete y posteriormente tengas problemas.
Por ello reitera la importancia de conocer los ingresos por adquisición de bienes que consideran las donaciones, tesoros, así como la adquisición por prescripción, las construcciones, instalaciones o mejoras permanentes en bienes inmuebles que, de conformidad con los contratos por los que se otorgó su uso o goce, queden a beneficio del propietario.
¿Adquiriste un bien por prescripción? Si obtuviste ingresos por adquisición de bienes en donación, tesoros, adquisición por prescripción, estás en éste régimen.
Régimen de Adquisición de Bienes
Es aquel en el cual las personas físicas obtienen ingresos por donación, tesoros, adquisición por prescripción, entre otros. Si recibiste una donación, un tesoro o adquiriste un bien por prescripción, entre otros, estás en este régimen.
Si obtienes ingresos de este tipo debes declararlos. Si no estás inscrito en el RFC, debes inscribirte.
Recuerda realizar el pago a cuenta del impuesto anual y presentar la declaración anual y si por el ingreso que obtuviste te retuvieron el impuesto, deben emitirte un comprobante fiscal que ampare los pagos y retenciones.
Para presentar tu pago, obtén la línea de captura a través del servicio de Declaraciones y Pagos, para ello recuerda tener a la mano tu contraseña o e.firma.
Para realizar tu declaración anual utiliza el aplicativo de Declaración Anual de personas físicas.
Como persona física podrás considerar en tu Declaración Anual deducciones personales como gastos médicos, hospitalarios, dentales, intereses por créditos hipotecarios, servicios profesionales de psicología y nutrición, entre otros. Y si obtienes saldo a favor, puedes solicitarlo en devolución.
Fuente: SAT