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Diputados aprueban en comisión incorporar la Guardia Nacional a la Sedena

Con este cambio, la Guardia Nacional formará parte de la Fuerza Armada permanente y tendrá la facultad de investigación de delitos

Guardia Nacional
Foto: Cortesía | Elementos de la Guardia Nacional

México.- La Comisión Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma diversos artículos de la Constitución Política, para establecer que la Guardia Nacional dependerá de la Secretaría de Defensa Nacional (Sedena), formará parte de la Fuerza Armada permanente y tendrá la facultad de investigación de delitos, en el ámbito de su competencia.

Las modificaciones a la Carta Magna se avalaron en lo general con 22 votos a favor, 18 en contra y cero abstenciones, y en lo particular, con 22 votos en pro, 17 en contra y cero abstenciones. El dictamen se remitió a la Mesa Directiva para sus efectos constitucionales.

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El proyecto de decreto, avalado en reunión semipresencial de la Comisión se reforma los artículos 13, 16, 21, 32, 55, 73, 76, 78, 82, 89, 123 y 129 de la Constitución Política, y deriva de una iniciativa presentada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

Determina que la Federación: “contará con la Guardia Nacional, fuerza de seguridad pública, profesional, de carácter permanente e integrada por personal de origen militar y marino con formación policial, dependiente de la secretaría del ramo de Defensa Nacional, para ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública en el ámbito de su competencia”.

El proyecto indica que el Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno, incluida la Guardia Nacional, deben coordinarse entre sí para cumplir con los fines de la seguridad pública y conformarán el Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Precisa que la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público, a las policías y a la Guardia Nacional, en el ámbito de su competencia, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función.

Por otra parte, se estipula que el Congreso tendrá la facultad para expedir leyes que regulen y establezcan requisitos y límites para la participación del Ejército, Armada y Fuerza Aérea en materia de seguridad interior y en tareas de apoyo a la seguridad pública.

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Mientras que el Senado de la República, o en su caso la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, se encargará de ratificar el nombramiento de los jefes superiores de la Guardia Nacional que proponga el presidente de la República.

Fuente: Internet

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Anastasio Esquivel

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