México.- Este jueves 9 de julio, el Servicio de Administración Tributaria -SAT- a través del Diario Oficial de la Federación -DOF- presentó el oficio 700-04-02-00-00-2020-78 mediante el cual dio a conocer listado de Prestadores de Servicios Digitales Inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes, en términos del artículo 18-D, fracción I de la Ley del Impuesto al Valor Agregado vigente.
Recordemos que el 1 de junio, entró en vigor la obligación de los residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México, que proporcionen servicios digitales a receptores ubicados en territorio nacional, inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes
Al ser el Servicio de Administración Tributaria -SAT- la autoridad encargada de integrar y mantener actualizado el Registro Federal de Contribuyentes, tomando en consideración los datos e información que las personas le proporcionen, o los que obtenga por cualquier otro medio, se estableció como obligación dar a conocer tanto en su Portal de Internet como en el Diario Oficial de la Federación la lista de los residentes en el extranjero que se encuentren registrados en el Registro Federal de Contribuyentes.
Por lo anteriormente expuesto y, a fin de dar cabal cumplimiento a lo previsto la Ley del Impuesto al Valor Agregado vigente, el SAT presentó el listado oficial que es el siguiente, de las empresas que cumplieron con las disposiciones:
- UBER B.V.
- DIDI MOBILITY
- INFORMATION
- TECHNOLOGY PTE. LTD
- BLOOMBERG FINANCE
- L.P.
- ALEXA INTERNET
- REBUILDING
- TECHNOLOGY PTE. LTD
- AMAZON SERVICES
- EUROPE S.A R.L.
- HOMEAWAY
- MICROSOFT
- CORPORATION
- EXPEDIA
- NETFLIX INTERNATIONAL
- B.V.
- AMAZON SERVICES
- INTERNATIONAL, INC.
- AMAZON.COM SERVICES
- LLC
- HOMEAWAY.COM, INC.
De esta forma el SAT confirma la incorporación de las empresas anteriores y su cumplimiento a la ley.