México.- La Comisión Federal de Electricidad (CFE) es la institución responsable del suministro eléctrico en los hogares mexicanos, pero para sostener una relación correcta y transparente con esta institución, resulta indispensable mantener los datos actualizados.
Y es que el recibo de luz funciona como un comprobante que formaliza la relación contractual entre el usuario y la CFE, por lo que mantener al día la información del titular puede ayudar a evitar conflictos administrativos y legales, así como también a agilizar determinados trámites.
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¿Cuándo es obligatorio realizar el cambio de titular en el recibo de luz?
De acuerdo con la CFE, el cambio de titularidad debe realizarse cuando la persona que figura en el contrato ya no es quien ocupa o responde por el inmueble, por lo que los escenarios más frecuentes son:
- Fallecimiento del titular registrado.
- Divorcio, cuando la responsabilidad del inmueble cambia de persona.
- Celebración de un nuevo contrato de arrendamiento.
- Compra o venta de una propiedad.
- Adjudicación del inmueble por herencia.
En caso de no actualizar estos datos, es posible llegar a enfrentar sanciones económicas, dificultades para reportar fallas, conflictos legales, entre otros.
Requisitos para realizar el cambio de titular ante la CFE
Documentos del solicitante:
- Identificación oficial vigente (INE, pasaporte o cédula profesional).
- CURP y RFC.
- Número telefónico y correo electrónico.
- Solicitud por escrito que explique el motivo del cambio.
Documentos del inmueble:
- Comprobante de domicilio reciente, no mayor a tres meses.
- Escritura de la propiedad o contrato correspondiente.
- Recibo de predial actualizado.
- Fotografía legible de la lectura del medidor.
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Documentación adicional según el caso:
- Acta de defunción, si el cambio es por fallecimiento.
- Acta de divorcio, cuando aplique.
- Contrato de arrendamiento, en caso de renta del inmueble.