México.- Los Certificados de la Tesorería de la Federación (Cetes) son títulos de deuda emitidos por el Gobierno Federal de México, considerados una inversión de renta fija, ya que los inversionistas prestan dinero al gobierno y reciben un rendimiento garantizado al finalizar el plazo establecido.
Estos se han convertido en una de las herramientas de inversión más usadas entre los mexicanos, sin embargo, existen muchas dudas respecto a qué pasa en caso de que el titular fallezca.
Cabe señalar que, cuando los Cetes son adquiridos a través de bancos, casas de bolsa o plataformas privadas, la forma de proceder en caso de fallecimiento depende del contrato firmado con dicha institución.
Te puede interesar: ¿Por qué es seguro invertir en Cetes? Checa el dato y conoce los requisitos para abrir una cuenta
Se debe revisar si existe beneficiario registrado, porque ese dato define quién puede solicitar los recursos y bajo qué procedimiento. Y en caso de que no aplique, la inversión pasa a formar parte de la sucesión y solo puede liberarse mediante un juicio hereditario o testamento validado.
En caso de que se hayan invertido en la plataforma gubernamental, los recursos no se transfieren de manera automática se trasladan a una cuenta de Cetesdirecto a nombre del beneficiario.
¿Qué documentos se necesitan para registrar a un beneficiario mayor de edad?
– Copia certificada del acta de defunción del titular.
– Contrato de Cetesdirecto del cliente fallecido y del Anexo A, en caso de conservarlos.
– Identificación oficial con fotografía del titular fallecido.
– Comprobante de domicilio a nombre del beneficiario, con antigüedad no mayor a tres meses.
– Identificación oficial vigente con fotografía del beneficiario.
– Constancia original de CURP del beneficiario, solo si no se identifica con credencial para votar.
– Formato Único de Trámites (FUT) donde solicite el estado de cuenta del cliente finado en calidad de beneficiario.
Sigue más noticias como esta en nuestra sección México
¿Qué documentos se necesitan para registrar a un beneficiario menor de edad?
– Identificación vigente con fotografía del menor (credencial escolar o pasaporte).
– Identificación oficial vigente con fotografía de quien ejerce la patria potestad o tutela.
– Copia certificada del acta de nacimiento del menor.
– Copia certificada del acta de nacimiento de madre, padre o tutor.
– Constancia original de CURP del menor.
– Constancia original de CURP de quien ejerce la patria potestad o tutela.
– Copia certificada de la resolución judicial que designe al tutor, en caso de corresponder.