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¿Buscas trabajo y te piden carta federal de antecedentes penales? Así puedes tramitarla en línea

La Constancia de Antecedentes Penales Federales es aquella que cuenta con los datos y registros de personas sentenciadas a una pena privativa de la libertad por las autoridades judiciales

¿Estás en busca de trabajo y te piden carta de antecedentes no penales? Así puedes tramitarla en línea
Foto/Cortesía | Carta de no antecedentes penales en México

MÉXICO.- Durante este lunes, el Diario Oficial de la Federación (DOF) emitió en un comunicado cómo se puede expedir la Constancia Digital de Antecedentes Penales Federales.

La Constancia de Antecedentes Penales Federales es aquella que cuenta con los datos y registros de personas sentenciadas a una pena privativa de la libertad por las autoridades judiciales.

Sigue la información nacional en la sección especial de Línea Directa 

El acuerdo del DOF indicó que pretende presentar cómo se expide esta constancia a través de la modalidad digital, la cual se realiza desde la página oficial www.gob.mx/prevencionyreadaptacion.

Explica el DOF que sólo pueden emitir estas constancias en estos casos en especial que te presentamos a continuación:

  • Cuando la soliciten las autoridades administrativas y judiciales competentes, para fines de investigación criminal, procesales o por requerimiento de autoridad judicial.
  • Cuando sea solicitada por ser necesaria para ejercitar un derecho o cumplir un deber legalmente previstos.
  • En los casos específicos en los que la normatividad lo establezca como requisito para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o bien para el ingreso a instituciones de seguridad pública o privada, así como cuando por la naturaleza del empleo o por razones de interés público se considere exigible.
  • Cuando sea solicitada por una embajada o consulado extranjero en México, o bien, a través de una embajada o consulado de México en el extranjero.

Los requisitos y pasos para solicitar la Constancia Digital de Antecedentes Penales Federales son los siguientes:

  • Ingresar a la página www.gob.mx/prevenciónyreadaptación.
  • Ingresar CURP (Artículo 104 y 105 de la Ley General de Población).
  • Validar los datos de identificación (en caso de coincidencias del nombre del solicitante en las bases de datos del sujeto obligado, adjuntar acta de nacimiento e identificación oficial en formato PDF-Artículo 3 de la Ley de Nacionalidad-).
  • Llenar los campos correspondientes a correo electrónico y los motivos de solicitud de la Constancia Digital de Antecedentes Penales Federales.
  • Realizar pago en línea o a través de línea de captura para pago en ventanilla bancaria.
  • Obtener la constancia desde la liga de descarga que llega al correo electrónico registrado previamente.
  • Esta constancia no tiene vigencia específica y la plataforma está disponible las 24 horas de todo el año para los que deseen solicitarla.

“El presente Acuerdo entrará en vigor al día hábil siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación”, finaliza el DOF.

Habrás escuchado o presenciado que en diferentes centros de trabajo, uno de los documentos que solicitan además de tu acta de nacimiento o carta de recomendación, es la constancia de antecedentes no penales.

Pero, ¿todas las empresas pueden solicitar esta carta a sus candidatos?

La respuesta es NO.

Empresas que pueden solicitarte una constancia de antecedentes no penales

Desde enero de 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que solicitar cartas de antecedentes no penales para ejercer un trabajo, salvo algunas excepciones, va en contra de la Constitución.

La carta de antecedentes no penales se debe solicitar sólo en los siguientes casos:

  • Las disposiciones legales establezcan como requisito para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, la acreditación por parte del interesado de no haber cometido delito alguno o que no tiene antecedentes penales.
  • Para acreditar el cumplimiento de requisitos de ingreso o permanencia en instituciones de seguridad pública.
  • Para ingresar a instituciones prestadoras de servicios de seguridad privada, respecto de los cargos o empleos en que la ley disponga expresamente este requisito.
  • La requieran de manera fundada y motivada por autoridades administrativas o jurisdiccionales, así como por organismos públicos protectores de los derechos humanos y autoridades en materia electoral.
  • Cuando sea solicitada por una embajada o consulado extranjero en México, o bien, a través de una embajada o consulado de México en el extranjero.

Esto con la finalidad de no infringir la políticas de igualdad y no discriminación, y con pleno respeto a los derechos humanos.

 

 

Fuente: Línea Directa.

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Ignacio Aguirre

Editor de ContenidosReportero

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