México.- Este viernes 5 de junio el Banco de México a través del Diario Oficial de la Federación, publicó una nueva circular dirigida a las instituciones de crédito y sociedades financieras de objeto múltiple reguladas, relativa a las modificaciones sobre cuentas de depósito para adolescentes.
El Banco de México indica que las instituciones deberán permitir abrir dichas cuentas básicas de nómina y cuentas básicas para el público en general a los adolescentes, sin la intervención de sus representantes, siempre y cuando hayan cumplido al menos, 15 años de edad al momento de la celebración del contrato
Detalla además, que tratándose de personas que sean trabajadoras de las dependencias e instituciones a que se refiere la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, solo aquellas que tengan más de los 16 años de edad podrán abrir Cuentas Básicas de Nómina.
Las cuentas a que se refiere deberán incluir, entre los servicios mínimos, el acceso a banca móvil, banca por internet y banca telefónica que las instituciones de crédito de que se trate ofrezcan para los depósitos bancarios a la vista de personas físicas en general
En el Diario Oficial de la Federación se menciona que la institución de crédito que haya abierto cuentas básicas de nómina y cuentas básicas para el público en general como consecuencia de la transformación de cuentas de depósito de dinero abiertas anteriormente a nombre de las personas adolescentes previstas, las cuentas básicas referidas deberán mantener los servicios de banca móvil, banca por internet y banca telefónica a que se refiere este párrafo durante la vigencia de esas mismas cuentas básicas.