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¡Atención productores! El diésel agropecuario cierra el año sin estímulos; diciembre queda en cero

El aviso se publicó este miércoles 30 de noviembre en el Diario Oficial de la Federación y establece cero pesos, cero centavos, en estímulos fiscales para los sectores agropecuario y pesquero

Barco, Pesca, Camarón
Sector agropecuario ¡Otro mes sin estímulos fiscales para el Diésel! Hacienda le dijo NO a febrero | Foto: Archivo Línea Directa

México.– Ya no es una novedad para los sectores agropecuarios y pesqueros, sin embargo, cualquier esperanza que pudieron tener quedó mermada, luego que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, determinó que el último mes del año, diciembre, terminará sin estímulos en el diésel, su principal insumo para trabajar.

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Este miércoles 30 de noviembre, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 31, fracción XXXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o., segundo párrafo de la Ley de Energía para el Campo, publicó el acuerdo mediante el cual informa sobre los porcentajes de los estímulos fiscales aplicables en todo el territorio nacional a la gasolina menor a 91 octanos y al diésel para uso en el sector pesquero y agropecuario.

Un como sucedió en prácticamente todo el año 2022, dichos estímulos quedaron disueltos, es decir, se establecieron de cero pesos, cero centavos, para la principal fuerza económica del país, el campo y la pesca, de la que dependen miles de familias.

Checa a detalle lo informado por la Secretaría de Hacienda en el DOF sobre los estímulos al diésel agropecuario y pesquero

Así se ve la tabla de los porcentajes de los estímulos fiscales aplicables para el mes de diciembre de 2022, publicada este día en el Diario Oficial de la Federación por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

  • Gasolina menor a 91 octanos: 00.00%
  • Diésel para el sector pesquero: 00.00%
  • Diésel para el sector agropecuario: 00.00%

De acuerdo a lo que indica el DOF, los porcentajes a que se refiere el artículo Segundo del presente acuerdo se aplicarán sobre las cuotas disminuidas que correspondan a la gasolina menor a 91 octanos y al diésel. El resultado obtenido se adicionará con el impuesto al valor agregado correspondiente y el monto total será la cantidad que se deberá aplicar para reducir los precios de la gasolina menor a 91 octanos y el diésel en el momento en que dichos combustibles se enajenen a los beneficiarios del sector pesquero y agropecuario, según corresponda.

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Las cuotas disminuidas son las que se publican en el Diario Oficial de la Federación mediante los acuerdos por los que se dan a conocer los porcentajes, los montos del estímulo fiscal, así como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican por el período que dichos acuerdos especifican.

 

Fuente: Línea Directa

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Alma Rosa Aguirre Lugo

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