México.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó a las personas físicas en este regreso a clases, que los pagos por colegiaturas y transporte escolar, son conceptos deducibles en la declaración anual, siempre y cuando sean obligatorios en las instituciones.
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Mediante un comunicado de prensa, el SAT precisó que este beneficio aplica para cónyuges, concubinos, familiares ascendentes o descendentes en línea directa o para sí mismos.
La deducción de colegiaturas es conforme al nivel que se curse en instituciones educativas privadas con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, de acuerdo al padrón de escuelas que expiden comprobantes con requisitos fiscales, mismas que se pueden consultar en el siguiente ENLACE, los límites anuales son:
- Preescolar: 14,200 pesos
- Primaria: 12,900 pesos
- Secundaria: 19,900 pesos
- Profesional técnico: 17,100 pesos
- Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos
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Para obtener este beneficio, la factura debe incluir el complemento de colegiaturas por la institución educativa, en donde se desglose el pago de colegiaturas y transporte escolar.
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Además, el pago debe hacerse mediante cheque nominativo, transferencia electrónica desde una cuenta bancaria del contribuyente o con tarjeta de crédito, débito o de servicios. La deducción no procede si el pago es en efectivo.
En el Visor de deducciones personales se pueden consultar los requisitos que deben tener estos gastos para ser prellenados en la declaración anual.