Ciudad de México.- La Secretaría de Energía (Sener) emitió el decreto por el que se amplía
la vigencia del precio máximo del gas licuado de petróleo a 12.49 pesos
por kilogramo antes del impuesto al valor agregado.A través del
Diario Oficial de la Federación (DOF), precisa que se trata de precios
máximos de venta de primera mano y de venta a usuarios finales,
publicado el pasado 1 de enero de 2015.En base a la Ley de
Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015; se considera
que las bases para señalar precios máximos a los artículos, materias o
productos que se consideren necesarios para la economía nacional o el
consumo popular se fijarán en las leyes respectivas.Señala que
el gas licuado de petróleo es un insumo que se utiliza en
aproximadamente 7 de cada 10 hogares mexicanos para satisfacer las
necesidades básicas de las familias, lo que lo hace un producto de
consumo popular.El documento señala que dado el impacto que el
precio del gas licuado de petróleo ha tenido en los últimos años, el
Ejecutivo Federal ha venido sujetando dicho combustible a precios
máximos de venta de primera mano y de venta al usuario final mediante
decretos, siendo el último de ellos el publicado en el pasado 1 de enero
de 2015.Además, en su última reforma publicada también en el
DOF el 26 de febrero de 2015, el cual estableció precios máximos de
venta del gas licuado de petróleo que resultó en un precio promedio
simple nacional al público de 12.49 pesos por kilogramo.Refiere
que el artículo primero del párrafo cuarto de la Ley de Ingresos de la
Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015, establece que por razones
de interés público y cuando se considere necesario evitar aumentos
desproporcionados en el precio al usuario final, el Ejecutivo Federal
fijará los precios máximos al usuario final y de venta de primera mano
del gas licuado de petróleo, sin que se requiera trámite o requisito
adicional alguno.Agrega que “a fin de satisfacer una necesidad
colectiva, se considera de interés público continuar moderando el efecto
de la volatilidad del precio del referido producto en la economía de
las familias mexicanas”.Señala que “para cumplir con los
propósitos señalados en los considerandos anteriores, es conveniente
mantener los precios máximos de venta del gas licuado de petróleo que
resulten en un precio promedio simple nacional al público”Por último, menciona que el presente Decreto publicado este día, entrará en vigor el 1 de abril de este 2015.TJ
Amplía Sener vigencia del precio máximo del gas licuado
Sener precisa que se trata de precios máximos de venta de primera mano y de venta a usuarios finales, publicado el pasado 1 de enero de 2015
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