México.- Las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore) son instituciones financieras encargadas de administrar y resguardar el ahorro que los trabajadores mexicanos acumulan a lo largo de su vida laboral para su jubilación, garantizando así un alivio económico para el momento en que estos concluyen su vida como empleados.
Según lo establecido por la Ley del Seguro Social y la CONSAR, estas dependencias permiten de manera parcial o total el retiro de los recursos en la cuenta Afore, sin embargo, para ello se debe cumplir con ciertas condiciones y llevar a cabo el trámite establecido por la dependencia a la que se encuentre afiliado el solicitante.
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- Retiro parcial del Afore:
Los retiros parciales del Afore antes de jubilarse están permitidos únicamente en los siguientes casos:
-Desempleo: Sin límite de edad, si se tienen al menos 46 días sin empleo y la cuenta tiene mínimo 3 años de antigüedad.
-Matrimonio: Se otorga una sola vez y se puede retirar el equivalente a 30 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización. Se tienen que cubrir 150 semanas cotizadas, no haber obtenido el derecho con anterioridad y estar vigente como asegurado.
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- Retiro total del Afore
Aplica en los siguientes casos:
-Por Vejez: A los 65 años, con al menos 500 semanas cotizadas y baja del IMSS.
-Por Cesantía en Edad Avanzada: A partir de los 60 años, sin empleo y con 500 semanas cotizadas.
-Por Negativa de Pensión: Desde los 60 años, si no se alcanzan las 500 semanas mínimas. En este último caso, el IMSS debe emitir una negativa formal.