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¿No te cumplieron lo prometido en el trabajo? Puedes renunciar e indemnizarte

Si tu empresa de trabajo no te ha cumplido lo que te prometió durante la entrevista de empleo, por ley, puedes exigir una indemnización y abandonar tu puesto. Checa estos datos.

| Internet

México.- Existe toda una variedad de leyes para los trabajadores y las empresas de trabajo, pero te explicaremos con facilidad qué puedes hacer si tu trabajo no ha cumplido con lo prometido y cómo puede exigir indemnización al momento de abandonar dicho empleo. 

Así como hay artículos de leyes que autorizan el despido a un empleado sin que le afecte directamente a la empresa, también los empleados pueden jugar un papel parecido en donde puedan cortar el vínculo laboral. Podría tomarse como una renuncia, pero contando con el derecho a una indemnización que abarque aproximadamente 3 meses de salario

En la Ley Federal del Trabajo establece al menos 9 motivos en los que un empleado puede cortar el vínculo laboral renunciando sin responsabilidad alguna:

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1. Si la compañía o jefe engaña al trabajador con las condiciones de trabajo 

2. El jefe, sus subordinados o familiares incurren en faltas de honradez, actos violentos, amenazas, hostigamiento, acoso sexual y malos tratos en contra del empleado. 

3. El jefe, sus subordinados o familiares realizan los actos anteriormente mencionados fuera del centro del trabajo y provocan una situación de gravedad que imposibilita el cumplimiento del trabajo. 

4. Se reduce el salario del empleado de manera unilateral. 

5. No se paga el salario el día o en la fecha que se estima. 

6. El jefe daña intencionalmente al empleado con herramientas de trabajo. 

7. Peligro en la salud del empleado o sus cercanos a causa de la falta de higiene o medidas preventivas, de seguridad. 

8. El jefe expone a los trabajadores a actos de inseguridad por descuido o imprudencia. 

9. Se le exige al empleado que realice actos o comportamientos que dañen la dignidad del empleado. 

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Dentro de esta Ley, se da el tiempo estimado de 30 días para que el trabajador se separe de su empresa después de que haya sucedido alguno de los incidentes mencionados. Así lo dicta el artículo 52. Si el trabajador desea deslindarse de su empleo por cuestiones de incumplimiento, tiene derecho a recibir 3 meses de sueldo y una indemnización que se pagaría conforme al contrato que mantiene en la empresa, ya sea por un tiempo indefinido o temporal. 

Si es por tiempo indefinido, la indemnización consistiría en 20 días de salario por cada año trabajado. Y si es por tiempo determinado podría ser a menor de un año o mayor de un año. Si es menor, consistiría en un importe de los salarios de la mitad del tiempo trabajado. Si es mayor, la cantidad sería igual al importe de los salarios de 6 meses por el primer año y de 20 días por cada uno de los siguientes años que se hayan trabajado. 

El Consejo Federal de Conciliación y Registro Laboral apoya a los trabajadores que presentan estas situaciones en sus empleos para realizar un proceso de conciliación. Estos casos no suelen ser muy comunes, pero el Consejo está dispuesto a trabajar con estos incidentes en donde las empresas les incumplan a los empleados durante su estadía trabajando. 

“Lo que buscamos es conocer, bajo el principio de buena fe, cuál es la realidad, qué paso realmente que rompió la relación laboral entre las dos partes. Pero esto lo conocemos atendiendo a las manifestaciones vertidas tanto por el trabajador como por el representante del patrón en la audiencia” 

Fuente: Internet

Fotografía de perfil de Nisa Camarena

Nisa Camarena

Editor de Contenidos

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