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CRE impone millonaria sanción a la compañía Iberdrola por incumplimiento de contratos

La multinacional Iberdrola argumentó que las pruebas presentadas por el CRE sobre su presunto incumplimiento de contrato, son inválidas

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México.-  Un incumplimiento en los contratos sería la razón por la cual la Comisión Reguladora de Energía (CRE) multó a la empresa Iberdrola por una millonaria suma y es que, según el organismo, la multinacional española infringió la ley al vender electricidad a empresas y socios que no fueron establecidos previamente en el contrato.

La resolución de la CRE responde a una denuncia presentada en 2020 por la Comisión Federal de Electricidad (CFE), la cual exhibió a varias compañías por presuntas irregularidades administrativas, entre las cuales estaba incluida Iberdrola, empresa española que está siendo sancionada por un monto de nueve mil 145 millones de pesos. Sobre este tema el fallo de la CRE advierte:

La conducta descrita es antijurídica, toda vez que deviene en una afectación a los bienes jurídicos tutelados por las normas que imponen la obligación a la permisionaria de no vender, revender o por cualquier acto jurídico enajenar capacidad o energía eléctrica

Según el reporte, el permiso otorgado por la Comisión Reguladora de Energía permite a Iberdrola distribuir energía eléctrica a una serie de socios registrados ante la autoridad, entre los cuales se encuentran: como Soriana, Cementos Apasco, Kimberly Clark, Bio Pappel y Cervecería Cuauhtémoc. No obstante, la empresa española también estableció venta hacia otras compañías fuera del contrato y la ley. Al respecto la CRE agrega:

Del periodo de 1 de enero de 2019 al 31 de agosto de 2020, que abarcan los Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) proporcionados por la Administración General de Hidrocarburos del SAT, se advierte que la permisionaria comercializó la energía eléctrica generada por la central vendiéndola a sus socios, en contravención de lo previsto

En oposición a esta demanda, Iberdrola argumentó que las pruebas presentadas son inválidas y no corroboran verdaderamente la presunta venta de energía eléctrica a terceros no establecidos. Además, señala que, en cualquier caso, la ley no impide explícitamente los pagos de sus socias. La compañía española argumentó:

La Comisión pretende sustentar que la permisionaria llevó a cabo la venta de energía eléctrica a sus socios autoabastecidos principalmente con las facturas solicitadas y proporcionadas por el SAT. Conforme al principio general de exclusión de la prueba ilícita cualquier prueba obtenida directa o indirectamente con violación a los derechos fundamentales deberá ser considerada invalida y no puede ser tomada en cuenta para orientar y formular una acusación contra el particular

(Las pruebas) son ilícitas y se deben excluir toda evidencia obtenida en violación al secreto fiscal. Las facturas proporcionadas por el SAT constituyen una prueba ilícita al violar el secreto fiscal del cual es titular lberdrola.

De momento este parece ser el inicio de una batalla legal y sigue siendo incierto si Iberdrola aceptará y cumplirá con la multa o continuará haciendo oposición sobre el proceso ya establecido por la CRE.

Fuente: Internet

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