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¿Jubilado o pensionado? Aquí te decimos las diferencias y cuál te conviene más

Parecen lo mismo pero no lo son, conoce las diferencias, cuando procede cada una y qué requisitos exige

| Internet

México.- Podrían parecer lo mismo, pero no, no hay nada de eso; son los términos pensión  y jubilación con el que muchos cometen errores al momento de identificar, pero que aquí te los describiremos para cuando tengas la duda.

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Si bien la jubilación es una etapa o proceso de la vida del trabajador, una vez que se llega a ella se puede tener derecho a una pensión, es decir, a una prestación económica para solventar los gastos de la vejez una vez que se deja de trabajar.

La diferencia que hay entre un jubilado y un pensionado es que, si bien ambos reciben por parte del Estado un monto determinado de forma mensual, el primero lo hace como resultado del fin de sus actividades laborales, mientras que el segundo lo hace por otros motivos, como pueden viudez e invalidez

https://twitter.com/Tu_IMSS/status/1412937768716615687

En promedio el periodo activo de quien trabaja oscila entre 30 y 40 años de su vida, y la edad máxima para su retiro es entre los 60 y 65 años de edad. Cuando una persona alcanza dicha etapa de retiro laboral, se habla de que entra al periodo de jubilación, con la posibilidad de recibir una compensación por el tiempo que trabajó, lo cual dependerá de las condiciones establecidas con su lugar de trabajo.

Sistema de pensiones al que se esté afiliado

•             Tiempo laborado.

•             Ahorro para el retiro.

Por un lado, existe la posibilidad de alcanzar jubilación para trabajadores que durante su vida laboral cotizaron para el Instituto Mexicano del Seguro Social -IMSS- y que prestaron sus servicio en la iniciativa privada.

https://twitter.com/bienestarmx/status/1413218113039081474

En este caso, para alcanzar la jubilación por cesantía o vejez, el IMSS establece una serie de requisitos de acuerdo con el régimen en el que se encuentre cada trabajador, ya sea bajo la Ley del IMSS 1973 o la Ley del IMSS 1997

Al respecto, por ejemplo, si un trabajador se dio de alta por primera vez en el IMSS antes del 1 de julio de 1997, forma parte del régimen a Ley del IMSS 1973. Bajo este marco, de acuerdo con la consar.gob.mx, el trabajador que desea alcanzar la jubilación debe:

·  Tener 60 años o más.

·  Comprobar al menos 500 semanas de cotización ante el IMSS.

Por otro lado, si el trabajador se registró por primera vez en el IMSS después del 1ro de julio de 1997, forma parte del régimen de la Ley del IMSS de 1997. Bajo estos parámetros, el trabajador interesado en la jubilación debe cumplir con:

·  750 semanas de cotización ante el Instituto.

·  Al menos 60 años de edad.

https://twitter.com/bienestarmx/status/1412913066115690496

Jubilación para trabajadores del Estado

Por otro lado, existe la opción de jubilación para trabajadores que prestaron su servicio al Estado, entre ellos, funcionarios públicos, médicos, maestros, policías, enfermeras, etcétera, que durante su vida laboral cotizaron al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado(ISSSTE).

En este caso, al igual que en el IMSS, existen dos regímenes: uno conocido como del Décimo Transitorio o Régimen anterior, y el segundo denominado de Cuentas Individuales o de la Ley del Issste 2007.

Así que ¿cuál es mejor? definitivamente todo dependerá de dónde trabajes, aunque se indica que las jubilaciones de gobierno, son muy, pero muy buenas

Fuente: Internet

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Alma Rosa Aguirre Lugo

Editor de ContenidosFotógrafoReportero

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